Resolución N° 67/022 Creación de la Localidad "Gaetán", en Lavalleja

La DNC dicta Resolución Nº 67/022 que crea la Localidad "Gaetán", en el Departamento de Lavalleja.

Montevideo, 10 de agosto de 2022.-

RESOLUCIÓN No. 67/2022

VISTO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro, actuando en concordancia con el Gobierno Departamental correspondiente, denominar las nuevas Localidades Catastrales que se creen.

RESULTANDO: que por oficio Nº 90/2021 de fecha 08 de febrero de 2021, la Intendencia Departamental de Lavalleja comunicó a esta Dirección Nacional, a través de la Oficina Delegada de Lavalleja, la categorización como Suelo Suburbano de los padrones rurales Nos. 16484 al 16534 de la 4ª Sección Catastral de Lavalleja, los que pertenecerán a una nueva Localidad denominada “Gaetán”, en el marco del Instrumento de Ordenamiento Territorial Directrices Departamentales de Lavalleja.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo previsto por el artículo 30 de la Ley 18.308 (LOT) de 18 de junio de 2008, artículo 225 de Ley Nº 18.834 de 4 de noviembre de 2011 y artículo 51 del Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja Nº 3571 de 03 de setiembre de 2019, se designó Localidad “GAETÁN” a la población ubicada en la 4ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja.

II) que los padrones rurales Nos. 16484 al 16534 mencionados se corresponden con el Plano de Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Carlos Asuaga, inscripto con el Nº 9054 en la Oficina Delegada de Catastro de Lavalleja el 17 de febrero de 2003.

III) que surge de los antecedentes en estos obrados que MEVIR es propietaria de los padrones rurales Nos. 16484 al 16534 de la 4ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja.

ATENTO: a lo establecido en el párrafo segundo, literal a), del artículo 3 del Decreto 364/995 y a la normativa citada

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA

DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

 

RESUELVE:

1) Crease, en concordancia con el Gobierno Departamental de Lavalleja, la Localidad Catastral “GAETÁN”, que se corresponde con los padrones rurales Nos. 16484 al 16534 de la 4ª Sección Catastral de Lavalleja, padrones urbanos Nos 1 a 51.

2) Dicha Localidad Catastral estará integrada por la totalidad de los inmuebles empadronados, las calles y plazas y demás espacios libres, que se corresponden con el Plano de Fraccionamiento de MEVIR del Ingeniero Agrimensor Carlos Asuaga, inscripto con el Nº 9054 en la Oficina Delegada de Catastro de Lavalleja el 17 de febrero de 2003.

3) Publíquese en el Diario Oficial

4) Notifíquese a MEVIR.

5) Procédase a la fijación de los valores catastrales.

6) Tome conocimiento la Oficina Delegada de Catastro de Lavalleja y encárgase a la misma la comunicación de la presente Resolución al Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Lavalleja y a la Intendencia de Lavalleja.

7) Comuníquese a la Administración Nacional de Educación Primaria, Dirección General de Registros, Asociación de Agrimensores y Asociación de Escribanos del Uruguay.

8) Publíquese en la página web de este Organismo.

 

Arq. Augusto Alcalde

Director General de Nacional de Catastro

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