Resolución N° 8.398/013 Resolución del Ministro de Economía Nº 8398 - Información reservada.
Se resuelve considerar información reservada de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia: a) los informes técnicos o de actividades que incluyan información acerca de negociaciones con organismos internacionales o de otros Estados en los que la Comisión participe, por el lapso en que duren dichas negociaciones en virtud de lo dispuesto por el literal B del artículo 9º de la Ley Nº 18.381, y b) en función del literal E del art. 9º de la Ley Nº 18.381 y para evitar que se afecte la imagen de las empresas investigadas, se reservará completamente cada uno de los expedientes en trámite, desde su inicio (declaración de pertinencia de la denuncia, inicio de acción de oficio o recepción de la consulta) hasta la resolución final. Esta reserva no alcanzará a las partes del caso.