Resolución S/N/004 Certificado de Depósitos y Warrants

Se resuelve que los certificados de depósito y "Warrants", emitodos respecto a mercaderías depositadas en las Zonas Francas deberán ser presentados para su refrendo por el Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio, con una antelación de 48 horas de su negociación.

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