Mercosur Egipto
El Acuerdo prevé la creación de un Área de Libre Comercio, de conformidad con el Artículo XXIV del GATT, a través de la liberalización comercial. Se aplica a los bienes originarios de ambas partes con un cronograma de desgravación en cinco canastas: A) inmediata; B) a 4 años; C) a 8 años y D) a 10 años. El acuerdo incluye un conjunto reducido de productos excluidos (canasta E), cuyo aranceles se eliminarán de acuerdo a lo que determine el Comité Conjunto.
El 12 de diciembre de 2017 se realizó la primera reunión del Comité Conjunto en Buenos Aires.
A continuación se adjunta el pdf con el tratado completo.
Anexos
Anexo I.1 Bienes originarios de Egipto importados por MERCOSUR (xls)
Anexo I.2 Bienes originarios de MERCOSUR importados por Egipto (xls)
Anexo II.1 Certificado de Origen, Instructivo de llenado e Instrucción para la impresión
Anexo II.2 Declaración del exportador
Anexo II.1 y II.2 (versión en inglés)
Anexo II.3 Nota explicativa Art 21
Anexo II.4 Requisitos esepcíficos de origen