Uruguay - Venezuela (ACE 63)

Vigente

Resumen

Uruguay y Venezuela se conceden desgravación arancelaria total e inmediata a las importaciones originarias, exceptuando el sector azucarero y el automotor.

Descripción

En el caso de los productos del sector automotor, mientras no se defina un tratamiento específico, se aplicarán las disposiciones contenidas en el Acuerdo de Complementación Económica N° 59.

El Acuerdo fue suscrito en diciembre de 2012.

Texto completo

Protocolos adicionales

 

Objetivos

  • Desgravación arancelaria total e inmediata

Período

Fecha de inicio: 03/04/2009

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