Obligaciones y prohibiciones para los feriantes
Horario de instalación de los puestos:
Desde las 5:00 hasta las 15:30 de martes a viernes.
Desde las 5:00 hasta las 16:00 sábados y domingos.
El horario de funcionamiento de la feria nunca será antes de las 8:00 ni después de las 14:00 de martes a viernes y 15:00 sábados y domingos.
Los permisarios y su personal no podrán estar antes ni después del horario de instalación establecido.
Los permisarios deberán respetar el lugar y metraje establecido por la Unidad.
Los permisarios y eventuales vendedores asignados deberán tener la documentación y regulaciones de Organismos externos al día, para poder usufructuar el puesto.
Brindar la información clara y completa referente a los puestos y/o los productos ofrecidos, como precios a la vista del público, número de permiso, rotulado de productos envasados, etc.
Los permisarios están obligados a cumplir con la reglamentación vigente, referente a ruidos molestos, voceo de mercadería, cuidado de veredas, higiene del puesto, entorno y personal, buen trato general y respeto a la autoridad competente, para la buena convivencia de todos y evitar posibles sanciones, que pueden ir desde el apercibimiento, multa, o hasta a la revocación del puesto o permiso.