Ferias

Permisos

Requisitos para la adjudicación del permiso (Art. 6 y 7 del Reglamento de Ferias Alimentarias Vecinales Administradas por el Ministerio de Economía y Finanzas):
  • Dos fotos tipo carné

  • Original y copia de cédula de identidad

  • Certificado de antecedentes judiciales

  • Constancia de vigencia de inscripción en el banco de Previsión Social y Dirección General de Impositiva

  • Carné de salud expedido por institución habilitada

  • Carné de manipulación de alimentos

  • Verificación de balanza realizada por la autoridad competente

  • Las habilitaciones correspondientes de Instituto Nacional de Carnes, Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca o bromatología del Gobierno Departamental para el transporte y expedición de alimentos para el caso de los puestos de venta productos de mar, cárnicos porcinos, cárnicos de ave, productos de granja, miel y aceite de oliva y cualquier otro rubro que requiera habilitación.

  • Libreta del vehículo automotor que se utilice para descarga y carga de mercadería

  • En el caso de productores, deberán presentar el justificativo de Banco de Previsión Social que lo acredite como tal

  • Declaración de domicilio real y constitución de domicilio físico dentro de la ciudad de Montevideo y digital para notificaciones, citaciones, intimaciones y comunicaciones en general. A su vez, casilla de correo electrónico y número de teléfono móvil.

Aquellos interesados que registren antecedentes judiciales, deberán ingresar en los programas de atención o acompañamiento de la Dirección Nacional del Liberado (DINALI).

El trámite es totalmente gratuito.

Adjudicación de puestos

La adjudicación de puestos se hará por feria, en los metrajes libres, según las disposiciones de la Unidad Defensa del Consumidor.

 

El máximo de puestos de ferias que puede tener adjudicado un permisario es de 6, uno por feria por día y en un único rubro.

Metrajes de los puestos para nuevos permisarios:

  • Hortofrutícolas desde 6 mts hasta un máximo de 15 mts, según el espacio destinado por el Gobierno Departamental para la instalación de la feria.

  • Vehículos móviles hasta 9 mts, previéndose hasta 80 cm de espacio para apertura de modelos con puerta trasera.

  • Plantas y flores, miel y aceite de oliva hasta un máximo de 3 mts.

Los permisos serán de carácter personal, precario y revocable en cualquier momento por razones fundadas o por incumplimiento de la Reglamentación vigente y solo podrán cederse en los casos expresamente previstos siempre que sea a título gratuito. 

Los permisarios con habilitación anterior a la reglamentación vigente, mantendrán el metraje otorgado.

La adjudicación, traspaso y revocación de los puestos como los cambios de ferias, corrimiento o compactación, quedaran sujetas a las disposiciones de la Unidad Defensa del Consumidor.

 

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