ASUNTO Nº 37/2021: FORESTAL ORIENTAL S.A. – MARÍA SELHAY LOPEZ Y OTROS - CONCENTRACIÓN ECONÓMICA.
CONCLUSIONES: la probabilidad de que la presente concentración tenga efectos sobre las distintas alternativas de mercado relevante propuesto es baja.
Amplíase la Resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y del Ministerio de Economía y Finanzas en ejercicio de atribuciones delegadas.
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por VILLA TRIGO S.A.
Modificación del art. 12 del decreto 355/011, reglamentario de la ley 18.795, de promoción de la vivienda de interés social
Resuelve: Aprobar en primera fase el acto de concentración económico de marras.
CONCLUSIONES: la probabilidad de que la presente concentración tenga efectos sobre las distintas alternativas de mercado relevante propuesto es baja.
Prórroga a la Dirección General de Casinos la aplicación de lo dispuesto en el art. 32 del decreto 117/021, por el periodo de cierre de los establecimientos, siempre que dicho organismo tuviera...
Ley de Urgente Consideración. LUC. Ley de Urgencia
Exonérase en forma total a la empresa EXERCERE S.A. de tasas y tributos a la importación incluido el Impuesto al Valor Agregado, y en general todo tributo cuya aplicación corresponda.
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por TELLAGORRY S.R.L.