Medida 2.3.
Medida 2.3. Controlar el uso de los antimicrobianos y especialmente aquellos cuya efectividad haya que preservar (críticos).
ACCIONES SALUD ANIMAL | ACCIONES EN 'UNA SALUD' |
| 2.3.1. Mantener una base actualizada sobre los patógenos prioritarios y los antimicrobianos definidos como críticos por los organismos de referencia (AGISAR/OMS, OIE, etc) con el objetivo de que la información esté disponible para los interesados. |
| 2.3.2. Cruzar las listas de antimicrobianos definidos como críticos por los organismos de referencia (AGISAR, OIE, etc) con los datos de producción y comercialización de antimicrobianos en Uruguay. |
| 2.3.3. Limitar la prescripción y la venta de los antimicrobianos considerados críticos que tengan mayor producción y comercialización en Uruguay. |
| 2.3.4. Desarrollar vigilancia específica de la producción, de la comercialización y de la evolución de la RAM en los antimicrobianos considerados críticos. |
2.3.5. Desincentivar el uso profiláctico y metafiláctico de antibióticos a casos con necesidades clínicas definidas. |
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2.3.6. Controlar en la planilla sanitaria del predio el uso de antimicrobianos en condiciones diferentes a las especificadas en las guías por especie animal. |
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2.3.7. Controlar la calidad de la formulación y de la molécula para asegurar la efectividad de los tratamientos así como promover los estudios de bioequivalencia. |
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