Reglamento de funcionamiento de los Grupos Departamentales de Prevención del Suicidio

Instructivo

La Ordenanza Ministerial Nº 315 del año 2022 de Creación de los Grupos Departamentales de Prevención del Suicidio, en su 4° artículo establece que “las Direcciones Departamentales de Salud dependientes de la Dirección General de Coordinación de esta Secretaría de Estado, serán las encargadas de conformar los Grupos Departamentales de Prevención del Suicidio, para dar cumplimiento a dichos objetivos específicos.”

Se define el presente reglamento para los grupos departamentales de prevención del suicidio (GDPS) con el fin de contribuir a su funcionamiento acorde a sus cometidos y objetivos.

Se adjunta el reglamento.

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