Ordenanza N° 1.226/024 Actualización de la normativa sobre el Certificado de Vacunas
Visto: la Ordenanza Ministerial N° 224, de 1 de marzo de 2019;
Resultando: que por la misma se dispuso, que la versión impresa del historial vacunal contenida en el Sistema Informático de Vacunas (SIV), emitida y firmada en un vacunatorio, tendrá idéntico valor y eficacia, en relación al certificado Esquema de Vacunaciones que el actual carnet verde;
Considerando: I) que la Unidad de Inmunizaciones informa la necesidad de modificar la citada Ordenanza con el objetivo de ampliar el acceso al historial de vacunación para los usuarios, permitiendo la emisión del certificado a través de diversos canales habilitados y garantizando el cumplimiento de los estándares internacionales de interoperabilidad y seguridad en el intercambio de datos de salud, a los cuales Uruguay suscribe y se encuentra comprendido dentro de las estrategias de Salud Digital; II) que asimismo solicita se disponga que tanto el certificado digital como el físico serán válidos como constancia oficial para todos los trámites que requieran la verificación del estado vacunal, conforme a las normativas vigentes y las leyes correspondientes;
Atento: a lo precedentemente expuesto;
La Ministra de Salud Pública resuelve:
- Modificase el numeral 1o) de la Ordenanza Ministerial N° 224, de 1 de marzo de 2019, el que quedará redactado de la siguiente forma: “1o) "Dispónese que tanto la versión digital como la impresa del historial vacunal contenida en el Sistema Informático de Vacunas (SIV), firmada y validada por los mecanismos vigentes según la política de salud digital y los requisitos de seguridad establecidos por AGESIC, tendrán idéntico valor y eficacia que el certificado impreso y firmado por un vacunador”.
- Dispónese que tanto el certificado digital como el físico serán válidos como constancia oficial para todos los trámites que requieran la verificación del estado vacunal, conforme a las normativas vigentes y las leyes correspondientes.
- Publíquese en el sitio web de esta Secretaría de Estado. Tome nota la Dirección General de la Salud y la Dirección General de Coordinación. Comuniqúese al Congreso de Intendentes, la Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa y Enfermedades Prevalentes (CHLAEP) y los Prestadores de Salud Públicos y Privados y a los Seguros Integrales. Cumplido, archívese.
Firma: Dra. Karina Rando
Ministra de Salud Pública