Convenio del sector doméstico incluye por primera vez la categoría laboral Cuidados

El convenio prevé la creación de categorías laborales que comenzarán a regir a partir de julio de 2026.
Por primera vez se establecieron tres categorías para el trabajo doméstico que tendrán salarios mínimos diferenciados según la tarea principal: general, cocina y cuidados.
La categoría General incluirá a quienes cumplan tareas de limpieza, orden, mantenimiento de la vivienda, lavado, planchado, mandados y cuidado de mascotas, entre otras tareas.
La categoría Cocina, abarca los casos en que la tarea regular y mayoritaria consista en la “elaboración de alimentos para la familia, incluyendo la preparación de comidas a partir de ingredientes crudos, manipulación de alimentos, la planificación de menús, etc.
Por su parte, la categoría Cuidados refiere a quienes tienen como tarea principal, regular y mayoritaria el cuidado directo y habitual de personas, incluyendo niños/as, adolescentes, personas mayores o personas con distintos grados de dependencia.
El acuerdo agrega que las tareas pueden incluir supervisión, acompañamiento, alimentación e higiene y otras actividades esenciales vinculadas al cuidado de las personas, así como tareas complementarias de limpieza o aseo de personas u entorno inmediato.
En lo que refiere a licencias especiales, se llegó al acuerdo de tres días al año de licencia especial para cuidados con goce de sueldo y tres días de licencia con goce de sueldo por salud mental.
Paralelamente, se acordó la conformación de una Comisión Tripartita para elaborar un Protocolo sobre Violencia, Acoso y Salud en el Trabajo, que comenzará a funcionar en febrero de 2026. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) será el encargado de convocar a las partes para su instalación y seguimiento.
Se trata de un logro histórico para el sindicato de trabajadoras domésticas que reconoce la categoría de cuidadora a aquellas trabajadoras que desempeñan dicha tarea.
