SC 2 Los portales Web de Unidades Ejecutoras deberán ser subdominios del dominio del inciso correspondiente
Requisito SC.2 | Los portales Web institucionales de Unidades Ejecutoras, aplicaciones, portales y sitios Web correspondientes a proyectos y programas, sitios promocionales y temáticos, incluyendo zonas restringidas de acceso mediante usuario y contraseña disponibles para ciudadanos y funcionarios del organismo (contenidos Web), deberán ser subdominios del dominio del inciso correspondiente. |
Objetivo | Optimizar recursos y facilitar el acceso a la información a los ciudadanos. |
Alcance | Administración Central |
Referencia ISO 27001 | N/A |
Guía de implementación | Consolidación de dominios En general es deseable que se consoliden todos los dominios de las dependencias de un inciso (Unidades Ejecutoras, Áreas, Oficinas, etc.) en un solo dominio del inciso en un portal orientado a la ciudadanía; sin embargo, es posible asignar un subdominio a estas dependencias. Sin perjuicio de ello, este subdominio debe seguir las mismas recomendaciones de nomenclatura realizadas para el caso de Portales Web Institucionales del Inciso. Lo mismo aplica a las aplicaciones, proyectos, programas, portales promocionales y temáticos que serán subdominios del dominio del inciso. Un ejemplo de subdominio para la Unidad Centralizada de Adquisiciones, dependiente del MEF, sería: uca.mef.gub.uy Necesidad de dominio autónomo (excepción) Los organismos que tengan la necesidad de un dominio autónomo podrán solicitar la excepción argumentando: funciones y competencias, nivel de aprehensión ciudadana, capacidad de mantenimiento del sitio, disponibilidad de recursos o justificación de la necesidad. Dichas excepciones deberán ser validadas por Agesic. |
Administración Central | - |
Instituciones de salud | N/A |
Guía de evidencia para auditoría |
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Normativa asociada | Decreto 92/014 (Anexo I) |