SC 6 Establecer acuerdos de no divulgación.
Objetivo | Proteger la información de la organización. |
Alcance | Cualquier organización |
Referencia ISO 27001 | A.13.2.4 |
Guía de implementación | Protección de datos Se debe proteger la información la organización de acuerdo con lo establecido en la Ley de Protección de datos personales y acción de habeas data, y Ley de Derecho de acceso a la información pública y sus respectivos decretos reglamentarios. Definición de acuerdos de no divulgación Se deben definir acuerdos de no divulgación para el personal y proveedores, sin perjuicio de definir acuerdos específicos para otras circunstancias que la organización requiera.
Revisión de los acuerdos Los acuerdos deberían revisarse periódicamente y cuando surgen cambios que influyan en los requisitos anteriormente mencionados. |
Administración Central | Los acuerdos de no divulgación se deben definir al menos para personal no presupuestado, siendo deseable su aplicación a todo el personal. |
Instituciones de salud | - |
Guía de evidencia para auditoría |
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Normativa asociada | Ley 18.381: Derecho de acceso a la información pública. Ley 18.331: Protección de datos personales, acción de habeas data. |