Guía Interpretación Decreto 92/014 ciberseguridad

Referenciamiento de dominios y subdominios

Texto del decreto

Referenciamiento de dominios y subdominios
“En cualquier caso, el portal del organismo jerarca deberá hacer referencia a todos los dominios y subdominios que se correspondan con todos los contenidos web que reporten a éste.”

Aclaración

En todos los casos en que un Inciso o sus unidades ejecutoras dependientes cuenten con varios dominios y/o subdominios, éstos deben estar referenciados en el Portal Web del Inciso, de una manera que resulte claro y fácil de encontrar para el ciudadano.

Etiquetas