Declaraciones Juradas

Declaraciones Juradas de Bienes e Ingresos - Candidatos a Gobierno Departamental de Lavalleja - 2025

Informes

De acuerdo al Artículo 11 Bis de la Ley Nº17.060, los precandidatos a Presidente en las elecciones internas, los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, y a las Intendencias proclamados por los organismos partidarios correspondientes, deberán presentar una declaración jurada de sus bienes e ingresos, tal como se determina en el Artículo 12 de la Ley Nº17.060.

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