Operaciones Comercio Exterior

Cambios en trámite de Admisión Temporaria Proy. de Inversión y Prórroga - ATPI-ATPR

A partir del 01 de agosto de 2025, tal como fue anunciado por el ministro de Economía y Finanzas, Gabriel Oddone, en el primer paquete de medidas de facilitación de comercio e inversión, se implementarán cambios en los trámites de admisión temporaria al amparo de un proyecto de inversión (ATPI y ATPR).

A partir del 01 de agosto de 2025, en las solicitudes de admisión temporaria al amparo de un proyecto de inversión y sus prórrogas (ATPI/ATPR), dejarán de ser documentos requeridos el dictamen DNI de no competitividad de la Industria Nacional y el informe CIU sobre competitividad de la Industria Nacional.

Se solicitará una declaración jurada de solicitud de ATPI o ATPR por proyecto de inversión, y, si corresponde a los bienes que serán ingresados, una declaración jurada de vehículos.

No se aceptará la presentación de otro formato.

Los formularios de operaciones ATPI y ATPR que se realizan mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), contendrán la solicitud de la siguiente información:

  • Nro. de Proyecto COMAP
  • Año de Proyecto COMAP
  • Nro. de Modificación de Proyecto otorgado por COMAP
  • Año de Modificación de Proyecto otorgado por COMAP
  • Nro. de anexo: /A-

Detalle de adjuntos:

  • Constancia COMAP de ingreso del proyecto de inversión
  • Constancia COMAP de modificación del proyecto de inversión
  • Declaración jurada de admisión temporal
  • Declaración jurada de admisión temporal de vehículos (si corresponde)
  • Certificado notarial de representación y vigencia de la empresa
  • Autorización del despachante de Aduana
  • Nota de solicitud con justificación
  • Otro adjunto (opcional)

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