Promoción de inversiones

Evaluación del funcionamiento del Decreto 002/012 reglamentario de la Ley de Inversiones 16.906

El presente informe tiene por objeto una primera evaluación del impacto del cambio de reglamentación así como un comparativo en las características de los proyectos promovidos y sus externalidades bajo la reglamentación anterior y la actual.
Ministerio de Economía y Finanzas

El presente informe tiene por objeto una primera evaluación del impacto del cambio de reglamentación así como un comparativo en las características de los proyectos promovidos y sus externalidades bajo la reglamentación anterior y la actual.

El análisis comparativo entre el Decreto 455/007 y el Decreto 002/012 permite inferir algunas similitudes pero también diferencias relevantes.

Respecto a las externalidades a que se comprometen los proyectos de inversión, con el Decreto 002/012 se observa un aumento significativo tanto en la utilización del indicador de P+L como en el indicador de descentralización, comunes a las dos reglamentaciones.

Respecto a la estructura de la cantidad de proyectos clasificados por tamaño de empresa, es la misma para ambos regímenes, predominando la participación de las MIPYMES con un 68% del total. En lo que respecta a inversiones asociadas, las grandes empresas aumentan su participación bajo el Decreto 002/012.

Por sector de actividad, si bien la estructura de cantidad de proyectos recomendados se mantiene prácticamente incambiada de un período a otro, en lo que concierne a montos de inversión se tiene que la inversión del sector industrial aumenta significativamente, mientras que los sectores de turismo y servicios pierden relevancia. Por otra parte, se observa un cambio en la estructura de la localización de los proyectos respecto de la normativa anterior. Bajo la normativa del Dto. 455/007 la mayor parte de los proyectos plantea ubicarse en la capital del país, mientras que con el Decreto 002/012 se dirige mayormente al interior del país. En cuanto a los montos de inversión, se pasa de una estructura con igual proporción entre Montevideo e interior, a una en la que los montos de inversión promovidos se concentran mayoritariamente en los departamentos del interior. Por último, las empresas catalogadas como nuevas incrementan su participación relativa pasando de un 14% en la normativa del Dto. 455 a un 23% bajo el régimen del Dto. 002/2012.

Finalmente, la exoneración potencial promedio de IRAE para los proyectos de inversión del Dto. 455/007 fue de un 52%, con un plazo de 3.9 años promedio, mientras que la correspondiente a los proyectos recomendados bajo el Dto. 002/012 (excluidos parques eólicos) es de 37% promedio, con un plazo de 5.4 años.

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