Circular Nº 1/15

MARGEN DE TOLERANCIA – DECRETO Nº 2/012

Cumplimiento total o parcial dentro del margen de tolerancia: Para no configurar incumplimiento y por lo tanto poder hacer uso de la totalidad del beneficio otorgado se deberán cumplir las siguientes dos condiciones:
Circular

A) Sólo en dos de los 5 años del cronograma de objetivos comprometidos, el
puntaje calculado en base a los compromisos realmente alcanzados podrá apartarse
en un 20% como máximo del puntaje comprometido para esos años. En el resto de
los años no puede haber un apartamiento del puntaje comprometido.
B) Que el puntaje total de la matriz calculado al final del quinquenio en base a los
compromisos realmente alcanzados se aparte como máximo del puntaje
comprometido en un 20%. 

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