SGA

Presentación de constancias de voto para trámites

El Servicio de Garantía de Alquileres informa a los usuarios que, en cumplimiento de la normativa legal vigente, desde el 8 de setiembre de 2025 hasta el 6 de enero de 2026 se deberá presentar en forma obligatoria la constancia del voto de las Elecciones Departamentales y Municipales celebradas el 11 de mayo de 2025.
Hoja de documento sobre la que se encuentra la mano de una persona con una lapicera.

Imprima sus constancias 

En caso de no haber votado, deberá presentar comprobante expedido por la Corte Electoral que acredite que ha pagado la multa o ha presentado la justificación correspondiente. 

Las mencionadas constancias deberán presentarse para realizar los siguientes trámites:

Contratos Iniciales:

  • Arrendadores particulares: al momento de presentar la documentación.
  • Inmobiliarias: deberán adjuntar las constancias de los inquilinos y del funcionario de la inmobiliaria firmante al momento de enviar la documentación a Gestoría Externa.

Modificación de la parte arrendadora: al momento de la firma.

  • Incorporación de nuevos inquilinos: al momento de la firma.

Rescisiones: junto con la documentación.

Renovaciones: al momento de la firma.

Cesiones: al momento de la firma.

Ratificaciones: al momento de la firma.

Presentación de SSAA:

  • Arrendadores particulares: deberán presentar fotocopia de las constancias junto con los formularios.
  • Inmobiliarias: deberán presentar fotocopia de las constancias de voto del firmante por la inmobiliaria junto con los formularios.

Retiro de llaves de contratos rescindidos: en el caso de las inmobiliarias las presentará el funcionario que las retira.

Reclamo contra la tasación de desperfectos: al momento de presentar las llaves para el reclamo.

Etiquetas