Se habilita en VUI la presentación de seguimiento del Decreto Nº 268/020, obligatoria desde diciembre de 2026

El trámite, denominado “D268”, requiere que la empresa se encuentre registrada en la VUI. Para ello, deberá registrarse, en primer lugar, una persona física autorizada por la empresa. En caso de operar con un gestor, éste también deberá estar registrado.
Para completar el registro, se encuentran disponibles los siguientes enlaces:
Registro de personas y empresas
El próximo lunes 26 de octubre a las 14:00 se realizará una instancia de capacitación virtual sobre el nuevo trámite. Quienes deseen asistir deben inscribirse aquí.
Finalmente, se informa que de acuerdo con lo dispuesto en la Circular Nº 3/2026, a partir del 1º de diciembre de 2026 la presentación de la Declaración Jurada de Cumplimiento se realizará exclusivamente por vía electrónica, a través del portal de VUI. Hasta el 30 de noviembre de 2026, la información podrá presentarse de manera presencial ante el Ministerio evaluador (como hasta ahora) o a través del referido portal.

