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Consulta Nº 1/10 - Ampliación de Proyectos Promovidos

Consultas

Se consulta sobre cual es el criterio de aplicación para las ampliaciones de proyectos de inversión promovidos por el Poder Ejecutivo al amparo de la Ley Nº 16.906, reglamentada por el Decreto Nº 455/007.

Concretamente el planteo se refiere a:

  • porcentaje máximo de las inversiones de la ampliación respecto al proyecto original,

  • generación de nuevos indicadores, porcentaje y plazo de exoneración de IRAE.

A efectos de dar respuesta a la consulta se analizarán cada uno de los puntos antes mencionados.

  1. Para que una inversión se considere ampliación de un proyecto, deberá coadyuvar a la concreción de los objetivos del mismo, por un monto máximo de hasta el 100% de la inversión elegible promovida, pudiendo presentarse 2 solicitudes de ampliación hasta el último año estipulado para el goce de la exoneración de IRAE.

  2. En virtud de que la ampliación de un proyecto promovido se considera como parte integral del mismo:

  • no se solicita la generación de más indicadores de los comprometidos en el original,
  • el porcentaje como el plazo de exoneración de IRAE corresponderá al del proyecto original promovido.

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