Productos y servicios
¿Cuándo puede intervenir Defensa del Consumidor en materia de arrendamientos?
Preguntas Frecuentes
La Unidad Defensa del Consumidor tiene competencia solamente cuando el contrato lo firma una inmobiliaria o Administración, en calidad de arrendador. Si no hay inmobiliaria o Administración no hay proveedor y en consecuencia la relación no es de consumo (y aplicable el derecho de consumo) sino civil.
