Productos y servicios

¿Cuándo puede intervenir Defensa del Consumidor en materia de arrendamientos?

Preguntas Frecuentes

La Unidad Defensa del Consumidor tiene competencia solamente cuando el contrato lo firma una inmobiliaria o Administración, en calidad de arrendador. Si no hay inmobiliaria o Administración no hay proveedor y en consecuencia la relación no es de consumo (y aplicable el derecho de consumo) sino civil.

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