Sugerencias útiles para los usuarios de Servicios Financieros

Guías

A continuación se detalla información clave para el consumidor respecto a préstamos, tarjetas, pagos, Clearing de Informes, y la Central de Riesgos del Banco Central del Uruguay.

A) PRÉSTAMOS.-

1. Antes de solicitar un crédito, por más atractiva que parezca la oferta, medita sobre la necesidad de efectuar ese consumo y sobre las posibilidades reales de asumir esa obligación. No generes o propicies un sobre endeudamiento.

2. Al elegir el crédito verifica y compara los siguientes aspectos:

  • Tasa de interés efectiva anual aplicada a la financiación.
  • Tasa de interés efectiva anual moratoria.
  • Capital prestado.
  • Monto de la cuota.
  • Cantidad de cuotas.
  • Otros conceptos cobrados: seguros, gastos administrativos, etc.
  • Las tasas de interés están reguladas por ley por lo que existen topes máximos por encima de los cuales no se puede cobrar.

3. Procura toda la información posible, no sólo con relación al monto del crédito que pretendes obtener, sino además respecto al importe de las cuotas que deberás pagar y la fecha de vencimiento de las mismas. Pregunta si además se te cobrarán otros conceptos, como, por ejemplo, seguros y gastos administrativos y en ese caso ten la precaución de consultar cuanto deberás pagar por cada concepto por mes además de la cuota.

4. Debes tener presente que para obtener información sobre la oferta de un crédito y las condiciones para solicitarlo, no es necesario presentar el documento de identidad, ni brindar datos personales. Las consultas en las cuales se brinda documento de identidad quedarán ingresadas como tales en los registros del Clearing de Informes.

5. Lee detenidamente los contratos, vales, o cualquier documento que vayas a firmar, de forma tal que conozcas plenamente tus obligaciones. Debes obtener una copia de todo documento que firmes. Puedes pedir una copia del contrato para poder leerlo con calma en tu casa antes de firmarlo. Nunca aceptes firmar algo acreditando que lo leíste y estabas en conocimiento si eso no es verdad.

6. Ciertas empresas que otorgan créditos, así como entidades emisoras de tarjetas de crédito, cuentan con seguro por fallecimiento, ante lo cual frente a la muerte del titular de la deuda, si se cumplen con las condiciones establecidas en la póliza, el seguro cubre los montos adeudados. No todas las empresas cobran seguro ni están obligadas a cobrarlo, por lo que en estos casos ante el fallecimiento del titular las deudas no se extinguen.

7. En el caso de obtener préstamos de cooperativas o asociaciones civiles debes tener en cuenta que éstas están habilitadas a descontar directamente de los haberes (sueldos, pensiones y jubilaciones). El porcentaje a descontar dependerá de la empresa pudiéndose afectar en total hasta un 55% de la retribución salarial o pasividad.

8. En caso de retención de haberes (sueldo o ingresos de seguridad social), si el monto retenido es inferior al monto comprometido a pagar, por la parte no retenida (la diferencia impaga) se generarán intereses moratorios. Una forma de evitar los intereses es completar la diferencia pagando por caja en el acreedor.

9. Recuerda que por no pagar en plazo, el acreedor podrá optar por cobrarte una multa de hasta 50 Unidades Indexadas (UI) más IVA (independientemente del monto adeudado) ó intereses moratorios.

10. Por lo general los documentos de adeudo prevén que el no pago de dos cuotas hará exigible la totalidad del vale. Los títulos valores (conformes, vales, etc.) tienen dentro del ámbito judicial un tratamiento especial en cuanto a su ejecución, la que se efectúa mediante un proceso “extraordinario” que se inicia con el embargo del deudor y culmina con su ejecución. Siendo en estos casos limitadas las excepciones.

(B) TARJETAS

11. La tarjeta de crédito permite al usuario de la misma disponer de un crédito otorgado por la institución que la emite, por lo que es posible realizar compras sin tener el dinero. Ésa es la principal diferencia con las tarjetas de débito.

Debe pagarse al vencimiento con la opción de cancelar el saldo total o pagar el monto mínimo establecido o más que ese mínimo, pero menos que el saldo total.

12. En caso de que el tarjetahabiente pague el saldo total de la tarjeta de crédito con posteridad a su vencimiento, el emisor podrá cobrar intereses moratorios o una multa de hasta 50 UI más IVA, independientemente del saldo adeudado. No obstante, si el pago se concretara dentro de las 48 horas posteriores al vencimiento se seguirá concibiendo a la tarjeta como tarjeta de compra. Debe tener en cuenta que esta multa será más gravosa para el consumidor en aquellos casos en que el saldo sea pequeño.

13. En el caso de no pagar el saldo total de la tarjeta de crédito en la fecha de vencimiento, serás pasible del cobro de los intereses devengados desde la fecha de la compra.

14. El no recibir el estado de cuenta de la tarjeta de crédito no exime al tarjetahabiente de la responsabilidad del pago en fecha. Si no recibes el estado de cuenta deberás reclamarlo al emisor teniendo presente que el vencimiento de dicho estado de cuenta será aproximadamente 10 días posteriores a la fecha de cierre pactada en el contrato.

15. Controla el estado de cuenta de tu tarjeta de crédito para confirmar que las compras incluidas en el mismo son las que efectivamente realizaste, así como los débitos automáticos contratados.

16. En las tarjetas de débito la operación se realiza contra los fondos que la persona tiene en su cuenta bancaria. El pago con esta tarjeta se equipara al pago con efectivo, y a partir de la aprobación de la Ley de Inclusión Financiera (LIF) este último no podrá tener un tratamiento más favorable que el primero.

17. Los instrumentos de dinero electrónico o tarjetas prepagas son emitidas por entidades no bancarias, reguladas por el Banco Central del Uruguay. En ellos se almacena dinero y se los puede usar para realizar pagos y débitos directos. También permiten retirar el dinero en cualquier momento. Al igual que la tarjeta de débito, el pago con esta tarjeta se equipara al pago con efectivo (LIF).

(C) PAGOS.

18. Si pagas tus cuentas por alguna de las redes habilitadas de pago controla siempre que el importe registrado en tu recibo coincida con la cifra abonada.

19. Cuando realices entregas a cuenta de la deuda debes tener presente que tus pagos mensuales deben ser al menos iguales o mayores al monto de interés mensual que la deuda genera, de lo contrario, pese a realizar pagos, tu deuda continuará aumentando.

20. Las refinanciaciones están sujetas a la negociación entre las partes y la voluntad de quien otorga el crédito, no siendo obligatorio para este último. Evalúa la opción de pago contado, teniendo presente que se pueden llegar a obtener importantes quitas de intereses.

21. La cancelación anticipada de una obligación, no obliga al acreedor a realizar descuentos de intereses no devengados, por lo que es recomendable analizar la conveniencia o no, de hacer uso de esa opción.

22. Cuando canceles una obligación debes tener la precaución de retirar el documento de adeudo firmado.

(D) CLEARING DE INFORMES.

23. Representa una gran base de información crediticia y comercial para comunicar sobre la liquidez crediticia o patrimonial, cuyo carácter es privado. En Uruguay el clearing se encarga de promover la claridad del mercado crediticio basándose en datos neutrales y objetivos, permitiendo informar sobre el nivel de cumplimiento (o no) de las obligaciones crediticias, la capacidad de pago de los titulares, etc.

Dicha información debe gestionarse y presentarse de acuerdo a lo establecido por la normativa al respecto, Ley de Habeas Data No. 18331.

Detectado un incumplimiento por parte de las empresas asociadas o ante cualquier duda puedes consultar en la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP), organismo que tiene la competencia en todos los asuntos referidos a la Ley No. 18.331.

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