Circular N° 1 de fecha 29/02/2012 - Margen de tolerancia proyectos grandes
En virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 13º del Decreto 455/007, del 26 de noviembre de 2007, se establecen los siguientes márgenes de tolerancia respecto a la obtención del puntaje total de la matriz de indicadores para las empresas que hayan obtenido la Declaratoria Promocional para proyectos categorizados como grandes:
Proyectos Grandes evaluados por la matriz de pequeños proyectos.
En el caso de estos proyectos el margen de tolerancia que se admitirá respecto a la obtención del puntaje será de 30% en los 5 años del cronograma de cumplimiento del indicador elegido.
Proyectos Grandes evaluados por la matriz correspondiente a su tramo.
En el caso de los proyectos grandes que hayan sido evaluados por la matriz correspondiente a su tramo, se admitirán los siguientes márgenes de tolerancia respecto a la obtención del puntaje total de la matriz de indicadores proyectada:
Año | Margen de Tolerancia |
---|---|
1 | 30% |
2 | 30% |
3 | 40% |
4 | 40% |
5 | 40% |