Circular N° 2 de fecha 28/06/2012 - Plan de Uso y Manejo de Suelos

Las empresas agropecuarias que presenten proyectos al amparo del Decreto Nº2/012 y que su actividad involucre agricultura deberán incluir en el proyecto una constancia de haber presentado un Plan de Uso y Manejo de Suelos en la Dirección General de Recursos Naturales Renovables (RENARE) del MGAP. En los casos que no corresponda la presentación de dicho Plan, se deberá presentar declaración jurada de no estar comprendidos en la presente Circular.

Si la empresa no hubiere presentado el Plan y el MGAP considere que corresponde la presentación del mismo dicho ministerio procederá a solicitarlo como condición indispensable para dar inicio a la evaluación del proyecto de inversión.

La COMAP sólo podrá recomendar beneficios para aquellos proyectos agropecuarios que hayan obtenido la aprobación del correspondiente Plan de Uso y Manejo de Suelos, cuando corresponda. El plazo máximo para expedirse la RENARE será de 60 días contados desde la presentación del mismo; vencido dicho plazo se dará por cumplida la exigencia de la presente Circular. No obstante, esto no inhibirá a la RENARE de tomar los recaudos que considere necesarios en caso que la evaluación final del Plan resulte insatisfactoria a su juicio.

Instructivo para la elaboración del Plan

Los Planes de Uso y Manejo de Suelos son una herramienta cuyo objetivo es la adecuada planificación predial de los suelos tal que haga sustentable el proyecto de inversión, más allá del respeto de los principios generales y las normas técnicas básicas, comprendidas en la normativa vigente referente al uso y conservación de suelos y aguas. Este instructivo indica cómo se deben presentar los planes de uso y manejo de suelos a efectos de cumplir con la reglamentación (Ley Nº 15.239, Decreto Reglamentario Nº 333/04 de 16/09/2004, Decreto Nº 405/08 de 21/08/2008 – Uso Responsable y Sostenible de los Suelos -Prácticas inadecuadas de manejos de suelos y aguas-, Ley Nº 18.564 de 11/09/09 Conservación, uso y manejo adecuados de los suelos y aguas).

La elaboración de un Plan de Uso y Manejo del Suelo implica:

  • Identificación del/ los Padrón/es sobre el/los cual/es se realizará el Plan de Uso y Manejo de Suelos. Localización geográfica por medio de coordenadas GPS y delimitación de chacras en imagen satelital. (Se recomienda Google Earth)

  • Realizar la cartografía detallada de suelos (mapa detallado de suelos) a escala 1:20.000 o mayor. El trabajo a campo debe incluir las descripciones y datos analíticos de los perfiles de suelos representativos, grado de pendiente y largo de ladera, de cada unidad de mapeo.

  • Realizar el mapa de capacidad de uso (USDA) asignando a cada unidad de mapeo, su clase de capacidad de uso, separando zonas cultivables y no cultivables.

  • Plantear las alternativas productivas proyectadas, utilizando el programa EROSIÒN 5.91 (disponible en forma gratuita en http://www.fagro.edu.uy/~manejo/) para estimar la pérdida de suelo por erosión hídrica, sobre las unidades de clase I a IV de capacidad de uso.

  • La presentación del Plan debe ser acompañada de la cartografía de suelos correspondiente y la cartografía de Capacidad de Uso y la descripción del/ los sistemas productivos sustentables. Se debe presentar el archivo .ERC del programa.

El Plan debe ser entregado en versión impresa y digital (CD) en la sede de RENARE (Avda Eugenio Garzón 456, Montevideo)

Por mayor información: http://www.cebra.com.uy/renare/ Se pueden realizar consultas por e-mail a: planesdeuso@mgap.gub.uy Consultas telefónicas: 23052778 y Cel: 091216232

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