Circular N° 3 de fecha 09/04/2021 - Cumplimiento de indicadores comprometidos - Medida transitoria crisis sanitaria

Teniendo en cuenta que en la actualidad se mantienen las condiciones descriptas en la Circular N° 1/2020, modificada en la redacción por la Circular N° 3/020, se resuelve que las empresas podrán optar por no computar para el cumplimiento de los indicadores comprometidos, los ejercicios finalizados en el período comprendido entre el 01 de abril de 2021 y el 31 de marzo de 2022.

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