Circular N° 4 de fecha 20/11/2014 - Margen de Tolerancia - Generación de empleo y contratación de colectivos vulnerables

En virtud de lo dispuesto en el artículo 14° del Decreto N°2/012 y en el punto 12) de los Criterios Básicos Generales de la COMAP, en el caso de los indicadores generación de empleo y contratación de colectivos vulnerables, se considerará un margen individual para los 5 años de compromisos asumidos.

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