Norma Internacional de Contabilidad N° 14 (NIC 14)

Norma Internacional de Contabilidad N° 14 (NIC 14)

Contenido

OBJETIVO

ALCANCE

DEFINICIONES

-        Definiciones procedentes de otras Normas Internacionales de Contabilidad
-        Definiciones de segmento del negocio y de segmento geográfico
-        Definiciones de ingreso ordinario, gasto, resultado, activos y pasivos de un segmento

IDENTIFICACIÓN DE SEGMENTOS SOBRE LOS QUE DEBE INFORMARSE

-        Formatos para información sobre segmentos principales y secundarios
-        Segmentos del negocio y segmentos geográficos
-        Segmentos sobre los que debe informarse

POLÍTICAS CONTABLES EN LA INFORMACIÓN SOBRE SEGMENTOS

INFORMACIÓN A REVELAR

-        Formato para los segmentos principales
-        Información sobre los segmentos secundarios
-        Ilustraciones de información por segmentos
-        Otra información a revelar

FECHA DE VIGENCIA

La Norma Internacional de Contabilidad 14 Información Financiera por Segmentos (NIC 14) está contenida en los párrafos 1 a 84 y en los Apéndices A, B y C. Todos los párrafos tienen igual valor normativo, si bien la Norma conserva el formato IASC que tenía cuando fue adoptada por el IASB. La NIC 14 debe ser entendida en el contexto de su objetivo, del Prólogo a las Normas Internacionales de Información Financiera y del Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros. En los mismos se suministran las bases para seleccionar y aplicar las políticas contables que no cuenten con directrices específicas.

Objetivo

El objetivo de esta Norma es el establecimiento de las políticas de información financiera por segmentos -información acerca de los diferentes tipos de productos y servicios que la empresa elabora y de las diferentes áreas geográficas en las que opera-, con el fin de ayudar a los usuarios de los estados financieros a:

(a)   entender mejor el desempeño de la empresa en el pasado;

(b)   evaluar mejor los rendimientos y riesgos de la empresa; y

(c)   realizar juicios más informados acerca de la empresa en su conjunto.

Muchas empresas suministran productos o servicios, u operan en áreas geográficas que están sujetas a diferentes tasas de rendimiento, oportunidades de crecimiento, expectativas de futuro y riesgos. La información respecto a los diferentes tipos de productos y servicios de la empresa, así como respecto a las distintas áreas geográficas -denominada a menudo información segmentada-, es relevante para la evaluación de los rendimientos y riesgos de una empresa diversificada o multinacional, pero no siempre se puede determinar a partir de los datos agregados. Por tanto, la información segmentada se considera, generalmente, necesaria para satisfacer las necesidades de los usuarios de los estados financieros.

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Alcance

1.     Esta Norma debe ser aplicada en los conjuntos completos de estados financieros publicados que pretendan cumplir con las Normas Internacionales de Contabilidad.

2.     Un conjunto completo de estados financieros comprende el balance, el estado de resultados, el estado de flujos de efectivo, el estado de cambios en el patrimonio neto y las notas explicativas, según se establece en NIC 1 Presentación de Estados Financieros.

3.     Esta Norma debe ser aplicada por las empresas cuyos títulos de capital o deuda se cotizan públicamente o por empresas que se encuentran en el proceso de emitir títulos para ser cotizados en mercados públicos de títulos.

4.     La revelación voluntaria de información financiera por segmentos se aconseja también a las empresas que elaboran estados financieros cumpliendo con las Normas Internacionales de Contabilidad pero cuyos títulos no cotizan en mercados organizados.

5.     Si una empresa, cuyos títulos no tienen cotización pública, opta voluntariamente por la revelación de información segmentada dentro de estados que cumplen con las Normas Internacionales de Contabilidad, debe respetar íntegramente todos los requisitos establecidos en esta Norma.

6.     Si un informe financiero contiene tanto los estados consolidados de una empresa cuyos títulos se cotizan públicamente como los estados financieros individuales de la controladora o de una o más de sus subsidiarias, sólo será necesario presentar la información segmentada correspondiente a los datos consolidados. Si alguna de las subsidiarias es a su vez empresa con cotización pública, deberá presentar información segmentada en sus propios estados financieros separados.

7.     De forma similar, si los estados financieros individuales de una empresa cuyos títulos se cotizan públicamente contienen, por separado, los de alguna empresa asociada o negocio conjunto en la que aquélla posee participación que se contabiliza por el método de participación, la información segmentada sólo debe presentarse para los estados financieros de la primera. Si alguna de las empresas asociadas o negocios conjuntos contabilizados por el método de participación tiene títulos con cotización pública, deberá presentar información por segmentos dentro de sus propios estados financieros.

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Definiciones

Definiciones procedentes de otras Normas Internacionales de Contabilidad

8.     Los siguientes términos se usan, en presente Pronunciamiento, con los mismos significados especificados en la NIC 7Estados de Flujo de Efectivo; la NIC 8 Ganancia o Pérdida Neta del Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables, y la NIC 18 Ingresos Ordinarios:

Actividades de operación son las actividades que constituyen la principal fuente de ingresos ordinarios de la empresa, así como otras actividades que no puedan ser calificadas como de inversión o financiación.

Políticas contables son los principios, bases, métodos, convenciones, reglas y procedimientos adoptados por la empresa en la preparación y presentación de sus estados financieros.

Ingreso ordinario es la entrada bruta de beneficios económicos, durante el periodo, surgidos en el curso de las actividades ordinarias de una empresa, siempre que tal entrada de lugar a aumentos del patrimonio neto, distintos de los procedentes de aportaciones de los propietarios.

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Definiciones de segmento del negocio y de segmento geográfico

9.     Los términos segmento del negocio y segmento geográfico se usan en esta Norma con los siguientes significados:

Un segmento del negocio es un componente identificable de la empresa, encargado de suministrar un único producto o servicio, o bien un conjunto de ellos que se encuentran relacionados, y que se caracteriza por estar sometido a riesgos y rendimientos de naturaleza diferente a los que corresponden a otros segmentos del negocio dentro de la misma empresa. Los factores que deben tenerse en consideración para determinar si los productos o servicios están relacionados son, entre otros:

(a)  la naturaleza de estos productos o servicios;

(b)  la naturaleza de sus procesos de producción;

(c)   el tipo o categoría de cliente de los productos o servicios;

(d)  los métodos usados para distribuir los productos o prestar los servicios; y

(e)   si fuera aplicable, la naturaleza del entorno regulatorio en el que opera la empresa, por ejemplo, bancario, de seguros, o de servicios públicos.

Un segmento geográfico es un componente identificable de la empresa, encargado de suministrar productos o servicios dentro de un entorno económico específico, y que se caracteriza por estar sometido a riesgos y rendimientos de naturaleza diferente a los que corresponden a otros componentes operativos que desarrollan su actividad en entornos diferentes. Los factores que deben tenerse en consideración para identificar segmentos geográficos son, entre otros:

(a)     la similitud de las condiciones económicas y políticas;

(b)     las relaciones entre las operaciones de diferentes áreas geográficas;

(c)     la proximidad de las actividades;

(d)     los riesgos especiales asociados con las operaciones en áreas específicas;

(e)     las regulaciones sobre control de cambios; y

(f)      los riesgos de cambio subyacentes.

Un segmento sobre el que debe informarse es un segmento del negocio o geográfico, identificado a partir de las anteriores definiciones, para el cual es obligatorio revelar información por segmentos, según las prescripciones de esta Norma.

10.  Los factores dados en el párrafo 9 para ayudar en la identificación de segmentos del negocio o geográficos, no han sido listados siguiendo algún ordenamiento particular.

11.  En un único segmento del negocio no se incluirán productos y servicios que difieran, de forma significativa, en cuanto a sus riesgos y rendimientos. Aunque pudiera haber algunas diferencias respecto a uno o varios de los factores que se han considerado en la definición de segmento del negocio, es de esperar que los productos o servicios que se incluyan en un segmento en particular se comporten de forma similar, en cuanto a la mayoría de los factores aludidos.

12.  De manera similar, un segmento geográfico no incluirá operaciones en entornos económicos con riesgos y rendimientos que sean significativamente diferentes. Un segmento geográfico puede ser un único país, un grupo de dos o más países, o bien una región dentro de un país determinado.

13.  La forma de organizar y gestionar las empresas se ve afectada por los orígenes de los riesgos inherentes a las mismas. Por lo tanto, el párrafo 27 de esta Norma establece que tanto la estructura organizativa de la empresa como su sistema de información interna son las bases para identificar los segmentos. Los riesgos y rendimientos de la empresa están influidos tanto por la localización de sus operaciones (esto es, dónde se fabrican sus productos o dónde residen las organizaciones que prestan sus servicios) como por la localización de sus mercados (esto es, dónde se venden sus productos o dónde se prestan sus servicios). La definición permite que la identificación de los segmentos geográficos se base:

(a)  en la localización de la producción de la empresa o de los recursos y otros activos necesarios para prestar los servicios; o

(b)  en la localización de los mercados y clientes.

14.  Normalmente, las estructuras organizativa e informativa internas de la empresa suministrarán evidencia sobre si la causa más importante de sus riesgos geográficos radica en la localización de los activos (el origen de sus ventas) o en la localización de los clientes (el destino de sus ventas). De acuerdo con ello, la empresa considerará esta estructura para determinar si sus segmentos geográficos deben basarse en la localización de los activos o en la localización de sus clientes.

15.  La determinación de la composición de un segmento, ya sea de negocios o geográfica, supone poner en juego una cierta dosis de criterio. Al realizar los juicios correspondientes, la gerencia de la empresa habrá de tomar en cuenta tanto el objetivo del suministro de información financiera segmentada, establecido en esta Norma, como las características cualitativas de los estados financieros, identificadas por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros del IASC. Entre estas características cualitativas se encuentran la relevancia, la fiabilidad y la comparabilidad temporal de la información financiera que se suministra sobre los diferentes grupos de productos y servicios de la empresa, o sobre sus operaciones en áreas geográficas particulares; y también se encuentra la utilidad de tal información para la evaluación de los riesgos y rendimientos de la empresa tomada en su conjunto.

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Definiciones de ingreso ordinario, gasto, resultado, activos y pasivos de un segmento

16.  En esta Norma se utilizan, además, los siguientes términos, con los significados que a continuación se especifican:

El ingreso ordinario del segmento está formado por los ingresos ordinarios que, figurando en el estado de resultados de la empresa, son directamente atribuibles al segmento, más la porción relevante de los ingresos ordinarios generales de la empresa que puedan ser distribuidos al mismo, utilizando una base razonable de reparto, con independencia en ambos casos de si las ventas correspondientes han sido realizadas a clientes externos o se deben a transacciones con otros segmentos de la misma empresa. En el ingreso ordinario del segmento no se incluyen:

(a)  las partidas extraordinarias;

(b)  los ingresos ordinarios por intereses o dividendos, incluidos los que procedan de anticipos o préstamos a otros segmentos, salvo que las actividades del segmento sean de naturaleza fundamentalmente financiera; o

(c)   las ganancias procedentes de ventas de inversiones o de las operaciones de rescate o extinción de una deuda, salvo que las actividades del segmento sean de naturaleza fundamentalmente financiera.

En el ingreso ordinario del segmento se deben incluir las participaciones en las pérdidas o ganancias de las empresas asociadas, negocios conjuntos u otras inversiones contabilizadas mediante el método de participación, siempre y cuando tales partidas se incluyan en los ingresos ordinarios consolidados o totales de la empresa.

Asimismo, el ingreso ordinario del segmento debe incluir la porción de los ingresos ordinarios correspondientes a la empresa en los negocios conjuntos, que se lleven contablemente utilizando el método de consolidación proporcional, de acuerdo con la NIC 31 Información Financiera sobre los Intereses en Negocios Conjuntos.

El gasto del segmento está formado por los gastos derivados de las actividades de operación del mismo que le son directamente atribuibles, más la porción relevante de gastos que puedan ser distribuidos al segmento utilizando una base razonable de reparto, y comprende tanto los gastos relativos a las ventas a los clientes externos, como los gastos que se refieran a las transacciones realizadas con otros segmentos de la misma empresa. En el gasto del segmento no se incluyen:

(a)  las partidas extraordinarias;

(b)  los intereses, incluidos los que procedan de anticipos o préstamos de otros segmentos, salvo que las actividades del segmento sean de naturaleza fundamentalmente financiera;

(c)   las pérdidas procedentes de ventas de inversiones o de las operaciones de rescate o extinción de una deuda, salvo que las actividades del segmento sean de naturaleza fundamentalmente financiera;

(d)  la participación de la empresa en las pérdidas de las empresas asociadas, negocios conjuntos u otras inversiones contabilizadas por el método de la participación;

(e)   el gasto por el impuesto a las ganancias; o

(f)   los gastos generales de administración, los correspondientes a la sede central u otros gastos que se relacionan con el funcionamiento de la empresa como un todo. No obstante, en ocasiones existen costos incurridos al máximo nivel de la empresa por cuenta de un segmento. Tales costos serán gastos del segmento si están relacionados con sus actividades de operación y pueden serle directamente atribuidos o distribuidos según una base razonable de reparto.

El gasto del segmento debe incluir la porción de los gastos que correspondan a la empresa en los negocios conjuntos, que contabilizan por el método de consolidación proporcional, de acuerdo con la NIC 31 Información Financiera sobre los Intereses en Negocios Conjuntos.

En los segmentos que sean de naturaleza fundamentalmente financiera, los intereses positivos y negativos pueden ser incluidos como una sola partida neta, en la información segmentada, sólo si tales partidas se presentan también compensadas en los estados financieros, individuales o consolidados, de la empresa.

El resultado del segmento es la diferencia entre el ingreso ordinario del segmento y el gasto del mismo. Tal diferencia debe presentarse antes de cualesquiera ajustes correspondientes a los intereses minoritarios.

Los activos del segmento son los correspondientes a la operación de la empresa, que el segmento emplea para llevar a cabo su actividad, incluyendo tanto los directamente atribuibles al segmento en cuestión como los que se puedan distribuir al mismo, utilizando bases razonables de reparto.

Si el resultado del segmento incluye ingresos ordinarios por intereses o dividendos, sus activos correspondientes deben incluir las cuentas por cobrar, préstamos, inversiones o cualesquiera otros activos productores de ingresos ordinarios.

En los activos del segmento no deben incluirse los activos por impuestos a las ganancias.

En los activos del segmento se incluirán las inversiones que se contabilicen utilizando el método de la participación, sólo si las pérdidas y ganancias derivadas de tales inversiones se han incluido como ingreso ordinario del segmento. Los activos del segmento incluyen la porción del participante en los activos de la explotación de cualquier negocio conjunto que se contabilice por el método de consolidación proporcional, de acuerdo con la Norma NIC 31 Información Financiera sobre los Intereses en Negocios Conjuntos.

Los activos del segmento se presentan minorados por cualesquiera provisiones relacionadas con ellos, siempre que las mismas sean objeto del mismo tipo de compensación en el balance de situación de la empresa.

Los pasivos del segmento son los correspondientes a la operación de la empresa, que se derivan de las actividades operativas del segmento y que le son directamente atribuibles o pueden asignársele utilizando bases razonables de reparto.

Si se han incluido en el resultado del segmento gastos por intereses, los pasivos del segmento incluirán las deudas originantes de tales intereses.

Los pasivos de un segmento incluyen la porción que corresponda a la empresa participante en los pasivos de los negocios conjuntos que se contabilicen por el método de consolidación proporcional, de acuerdo con la NIC 31.

Los pasivos del segmento no incluyen las deudas por impuestos a las ganancias.

Las políticas contables del segmento son las adoptadas para elaborar y presentar los estados financieros del grupo consolidado o de la empresa, así como todas las políticas contables que se relacionen  específicamente con la información financiera del segmento.

17.  En las definiciones de ingreso ordinario, gasto, activos y pasivos del segmento, se incluyen tanto los importes de las partidas que le son directamente atribuibles, como los que pueden asignárseles utilizando una base razonable de reparto. La empresa debe considerar a su sistema interno de información financiera, como el punto de partida para la identificación de las partidas citadas que puedan ser atribuidas directamente o distribuidas razonablemente a los segmentos. Esto quiere decir que se presume que las partidas identificadas con los segmentos, con fines de información interna, son también directamente atribuibles o razonablemente distribuibles a segmentos para la medición, en la información financiera externa, del ingreso ordinario, del gasto, de los activos y de los pasivos de cada segmento sobre los que deba darse información.

18.  En algunos casos, sin embargo, un ingreso ordinario, gasto, activo o pasivo puede haber sido asignado a un segmento para los propósitos de la información financiera interna, utilizando un criterio que, aunque válido y comprensible para la gerencia de la empresa, podría ser considerado subjetivo, arbitrario o difícil de entender por los usuarios externos de los estados financieros. Tal asignación de la partida con el segmento podría no constituir una base razonable, según se ha contemplado en las definiciones dadas en esta Norma de ingreso ordinario, gasto, activos o pasivos del segmento. Inversamente, la empresa podría elegir, en su sistema interno de información, no atribuir o distribuir entre los segmentos alguna partida de ingreso ordinario, gasto, activos o pasivos, incluso aunque existiera un criterio razonable para realizar tal asignación. En este caso, la partida en cuestión habría de ser asignada a los segmentos como ingreso ordinario, gasto, activos o pasivos del mismo, siguiendo las definiciones dadas en la presente Norma.

19.  Son ejemplos de activos de un segmento los activos corrientes que el mismo utiliza en las actividades de operación, las propiedades, planta y equipo, los activos en arrendamiento financiero (véase la NIC 17 Arrendamientos) y los activos intangibles. Si se incluye una determinada partida de depreciación o de amortización de un activo como gasto del segmento, el activo correspondiente será también incluido entre los activos del segmento. Los activos de un segmento no incluyen los activos empleados para por la empresa para su oficina principal, ni los usados con propósitos generales. Los activos del segmento incluyen los compartidos por dos o más de ellos, siempre que exista un criterio razonable de reparto. Los activos de un segmento incluirán la plusvalía comprada que sea directamente atribuible al mismo o que pueda asignársele utilizando un criterio razonable, en cuyo caso la depreciación de esta partida formará parte del gasto correspondiente al segmento.

20.  Dentro de los pasivos de un segmento se encuentran, entre otros, las cuentas comerciales por pagar y otras deudas de la operación, así como los pasivos acumulados (o devengados), los anticipos de clientes, las provisiones por garantía de productos y otras deudas relacionadas con provisiones derivadas de bienes y servicios. Los pasivos del segmento no incluyen los prestamos recibidos, ni las deudas relacionadas con activos en arrendamiento financiero (NIC 17), ni otras deudas incurridas más con fines de financiación que operativos. Si los gastos financieros de un segmento se incluyen en la determinación del resultado del mismo, los pasivos que los originen se incluyen entre los pasivos del segmento. Los pasivos de los segmentos cuya actividad no es fundamentalmente de carácter financiero, no incluirán préstamos recibidos u otras deudas similares, puesto que el resultado del segmento es una medida relacionada con la operación, más que una ganancia o pérdida neta financiera. Es más, puesto que las deudas se contratan con frecuencia de forma directa por la sede central de la empresa para toda la organización, no es posible atribuir directamente, ni distribuir con ningún criterio razonable, los pasivos que ocasionan costos financieros entre los segmentos de la empresa.

21.  La medición de los activos y pasivos de un segmento incluirá los ajustes, correspondientes a los valores en libros anteriores procedentes de otra compañía adquirida en una combinación de negocios que se ha tratado como una adquisición, incluso en el caso de que tales ajustes se hayan hecho sólo con motivo de la elaboración de los estados financieros consolidados y no se hayan registrado ni en los estados financieros de la controladora ni en los de la subsidiaria. De forma similar, si las propiedades, planta y equipo han sido revaluados después de la adquisición, de acuerdo con el tratamiento alternativo permitido en la NIC  16 Propiedades, Planta y Equipo, los activos del segmento se determinarán teniendo en cuenta tal revaluación.

22.  En las Normas Internacionales de Contabilidad se pueden encontrar algunas guías para el reparto de costos. Por ejemplo, pueden verse los párrafos 8 a 16 de la NIC 2 Inventarios, para la atribución y reparto de costos a los inventarios; así como los párrafos 16 a 21 de la NIC 11 Contratos de Construcción, para la atribución y reparto de costos a los contratos de este tipo. Estas guías pueden resultar de utilidad al proceder a la atribución o reparto de costos entre los segmentos de una empresa.

23.  La NIC 7 Estados de Flujo de Efectivo, suministra guías para clasificar los sobregiros bancarios como componentes del efectivo o como préstamos.

24.  Tanto el ingreso ordinario como el gasto, así como los activos y pasivos del segmento, se determinarán antes de la eliminación de los saldos y las transacciones intragrupo, practicada en el proceso de consolidación, salvo en la medida en que estos saldos o transacciones hayan sido realizados entre empresas del mismo segmento.

25.  Aunque las políticas contables utilizadas en la elaboración y presentación de los estados financieros de la empresa en conjunto, constituyan la base de las políticas contables de los segmentos, éstas incluirán además principios y políticas relacionadas específicamente con la información segmentada, tales como la forma de identificar segmentos, los métodos utilizados para fijar los precios de transferencia entre ellos y las bases para la distribución de gastos e ingresos ordinarios a los segmentos.

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Identificación de segmentos sobre los que debe informarse

Formatos para información sobre segmentos principales y secundarios

26.  El origen y la naturaleza predominantes de los riesgos y rendimientos de una empresa determinan si el formato principal de sus segmentos, a efectos informativos, corresponde a los segmentos del negocio o a los geográficos. En el caso de que los riesgos y rendimientos antedichos se vean influidos, de forma predominante, por las diferencias en los productos y servicios que elabora, su formato principal de información segmentada debe ser el de segmentos del negocio, dando entonces una importancia secundaria a la información segmentada geográficamente. De forma similar, si los riesgos y rendimientos de la empresa se ven influidos de forma predominante por el hecho de que opera en diferentes países o áreas geográficas, su formato principal de información segmentada debe ser el de segmentos geográficos, dando en tal caso una importancia secundaría a la información segmentada por grupos de productos y servicios relacionados.

27.  La organización interna y la estructura de la gerencia de la empresa, así como su sistema interno de información al órgano de administración y al ejecutivo principal, deben constituir normalmente las bases para la identificación del origen y naturaleza predominantes de los riesgos y diferentes tasas de rendimiento con los que se enfrenta la empresa y, por tanto, para determinar qué formato informativo es el principal y cuál otro es el secundario, salvo por lo establecido en los apartados (a) y (b) siguientes:

(a)  si los riesgos y rendimientos de la empresa están fuertemente influidos tanto por las diferencias en los productos y servicios que elabora, como por las diferencias en las áreas geográficas en las que opera, tal como pone de manifiesto el hecho de que la compañía adopta un "enfoque matricial" para la administración de la empresa y para la preparación de información interna al órgano de administración y al ejecutivo principal, entonces la empresa debe usar como formato fundamental para la información segmentada externa el correspondiente a los negocios, y como formato secundario el que se refiere a las zonas geográficas; y

(b)  si la organización y gerencia interna de la empresa, y su correspondiente sistema interno de información al órgano de administración y al ejecutivo principal no están basados ni en productos o servicios, ya sean individuales o en grupo, ni en áreas geográficas, los administradores y la gerencia de la empresa deben determinar si los riesgos y rendimientos de la empresa están relacionados más con los productos y servicios que elabora o con las áreas en las que opera y, en consecuencia, deben escoger si el formato principal para la información financiera externa es el de negocios o el de áreas geográficas, utilizando el otro como formato secundario.

28.  Para la mayoría de las empresas, el origen predominante de los riesgos y rendimientos es la causa determinante del modo en que la entidad se organiza y gestiona. Por ello, la estructura de organización y gerencia de cada empresa, así como su sistema interno de información, suministran la mejor evidencia respecto al origen predominante de riesgos y rendimientos para elaborar su información segmentada. Por tanto, salvo en circunstancias muy raras, la empresa producirá información segmentada para sus estados financieros con los mismos criterios con que la elabora internamente para el nivel gerencial más alto. Así, el origen predominante de riesgos y rendimientos se convertirá en el formato principal de información segmentada, mientras que el origen secundario de riesgos y rendimientos se convertirá en el formato secundario para elaborar la información financiera por segmentos.

29.  Esta Norma no exige, pero tampoco prohibe, una "presentación de tipo matricial" para la información segmentada. La "presentación de tipo matricial", que consiste en utilizar el formato principal tanto para la presentación de la información de los segmentos de los negocios como de los segmentos geográficos, dando información completa para cada uno de ellos, puede suministrar datos útiles a los usuarios, siempre que los riesgos y rendimientos de la empresa estén fuertemente influidos tanto por las diferencias en los productos y servicios que elabora, como por las diferencias en las áreas geográficas en las que opera.

30.  En ciertos casos, la organización y el sistema interno de información de la empresa, pueden haber sido desarrollados sin relación con las diferencias en los tipos de productos y servicios, y también sin correspondencia con las áreas geográficas en las que se opera. Por ejemplo, la información interna puede estar organizada sólo por entidades constituidas jurídicamente, lo que da lugar a segmentos internos compuestos por grupos no relacionados de productos y servicios. En tales casos, que suelen ser infrecuentes, los datos internos segmentados no cumplen el objetivo fijado en esta Norma. Por tanto, el párrafo 27(b) exige que los administradores y directivos de la empresa determinen si sus riesgos y rendimientos están asociados más a los productos y servicios o a las áreas geográficas, y a escoger entre los segmentos del negocio y los segmentos geográficos, como base principal de la información segmentada. El propósito es conseguir un grado razonable de comparabilidad con otras empresas, mejorar la comprensibilidad de la información resultante y cubrir las necesidades ya mencionadas de los inversionistas, prestamistas y demás interesados, en cuanto se refiere a información sobre los riesgos y rendimientos que estén relacionados, ya sea con los productos y servicios, ya con las áreas geográficas de la empresa.

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Segmentos del negocio y segmentos geográficos

31.  A los fines de la preparación de información externa, los segmentos del negocio y los segmentos geográficos de una empresa, deben ser iguales a las unidades organizativas para las cuales se presenta información al órgano de administración y al ejecutivo principal de la entidad para que éstos evalúen el rendimiento pasado de la unidad y tomen decisiones respecto de futuras asignaciones de recursos, excepto en el caso contemplado por el párrafo 32.

32.  Si la estructura organizativa y gerencial de una empresa, y su sistema de información financiera interna para el órgano de administración y para el ejecutivo principal, no están basados ni en productos y servicios, o grupos de éstos, ni en áreas geográficas, el párrafo 27(b) exige que los administradores y la gerencia de la empresa hagan la elección entre segmentos del negocio o geográficos como formato principal de la información financiera externa, a partir de la evaluación de cuál de ellos refleja mejor el origen de los riesgos y rendimientos de la entidad, dejando al otro formato de información segmentada como secundario. En este caso, los administradores y gerentes de la empresa deberán determinar sus segmentos del negocio y geográficos, para fines de información externa, a partir de los factores que se contienen en la definición dada en el párrafo 9 de esta Norma, dejando aparte su sistema interno de información al órgano de administración y al ejecutivo principal, de forma que se cumpla lo recogido en los siguientes tres puntos:

(a)  si uno o más de los segmentos que componen la información interna al órgano de administración y al director general, es un segmento del negocio o geográfico, según los factores incluidos en las definiciones del párrafo 9, pero los otros segmentos no lo son, lo establecido en el apartado (b) que sigue deberá ser aplicado sólo a los segmentos de información interna que no cumplan la definición del párrafo 9 (o lo que es igual: todo segmento interno que cumpla la definición, no debe volver a ser segmentado para elaborar la información externa);

(b)  para aquéllos segmentos de la información interna, elaborada para los administradores y directivos, que no satisfagan las definiciones del párrafo 9, la gerencia de la empresa debe buscar el nivel inmediato inferior de segmentación interna que presente información sobre líneas de productos y servicios o sobre líneas geográficas que sean adecuadas de acuerdo con las definiciones de dicho párrafo; y

(c)   si los segmentos de menor nivel, determinados siguiendo el apartado anterior, cumplen con la definición de segmento del negocio o segmento geográfico, según lo exigido por los factores del párrafo 9, deben aplicarse a los mismos los criterios que para la identificación de segmentos están recogidos en los párrafos 34 y 35.

33.  Según lo preceptuado en esta Norma, la mayoría de las empresas identificarán sus segmentos del negocio y geográficos con las unidades organizativas para las cuales se elabora la información que utiliza el órgano de administración (en particular los administradores no ejecutivos con funciones de supervisión, si existieran) y el ejecutivo principal (que es quién toma las decisiones habitualmente, y puede ser una persona o un grupo de ellas) para evaluar el rendimiento pasado de la unidad y tomar decisiones respecto de la asignación futura de recursos. Incluso si la empresa debiese aplicar lo establecido en el párrafo 32, porque sus segmentos internos no reflejan las líneas del negocio o las geográficas, procederá a buscar el nivel inmediatamente inferior de segmentación interna que suministre la información requerida sobre los segmentos, más que a construirlos con el único propósito de elaborar información financiera externa. Este enfoque, que consiste en identificar los segmentos del negocio y geográficos a partir de la estructura organizativa y directiva de la empresa y de su sistema de información interna, se denomina en ocasiones "enfoque gerencial", y los componentes organizativos para los cuales se suministra información interna se denominan "segmentos operativos".

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Segmentos sobre los que debe informarse

34.  Si dos o más segmentos, ya sean del negocio o geográficos, utilizados para fines de información interna, son esencialmente similares, pueden combinarse como uno solo a efectos de información externa. Dos o más segmentos del negocio o geográficos son esencialmente similares sólo si:

(a)  ambos observan pautas similares de rendimiento a largo plazo; y

(b)  son además similares respecto a todos los factores aplicables del párrafo 9 de esta Norma.

35.  Un segmento del negocio o geográfico deberá ser identificado como un segmento sobre el que debe informarse en los estados financieros, si la mayor parte de sus ingresos ordinarios proceden de ventas a clientes externos y:

(a)  sus ingresos ordinarios procedentes de ventas a clientes y de transacciones con otros segmentos son iguales o superiores al 10% de los ingresos ordinarios totales, externos e internos, de todos los segmentos; o

(b)  su resultado, ganancia o pérdida, es igual o superior al 10% del resultado combinado de todos los segmentos con ganancias o del correspondiente a los que tienen pérdidas, el que fuere mayor en valor absoluto; o bien

(c)   sus activos son iguales o superiores al 10% de los activos totales de todos los segmentos.

36.  En el caso de que un segmento, utilizado para propósitos de información interna, esté por debajo de todos los límites de tamaño relativo establecidos en el párrafo 35:

(a)  tal segmento puede ser considerado como uno sobre el que se debe ofrecer información, con independencia de su tamaño;

(b)  si no fuera considerado como segmento sobre el que debe informarse, con independencia de su tamaño, tal segmento podrá ser combinado con otro u otros similares que estén también bajo los límites de tamaño del párrafo 35, con el fin de formar un único segmento para utilizar en la información externa (dos o más segmentos del negocio o geográficos son similares si comparten la mayoría de los factores aplicables de entre los que se encuentran en la definición dada en el párrafo 9); y

(c)   si tal segmento no es objeto de información por separado ni combinado con otros para tal fin, deberá ser incluido en la información financiera entre las partidas de conciliación no asignadas.

37.  Si el total de los ingresos ordinarios, asignados a los segmentos sobre los que se informe, constituye menos del 75% del ingreso ordinario consolidado o individual de la empresa, deberán identificarse segmentos adicionales, incluso si éstos no cumplen los límites de tamaño establecidos en el párrafo 35, hasta que la suma de los ingresos ordinarios de los segmentos sobre los que se informa sea como mínimo el 75% del total de los ingresos ordinarios, individuales o consolidados de la empresa.

38.  Los límites cuantitativos del 10%, establecidos en la Norma, no pretenden constituir una guía para determinar el nivel de importancia relativa en ningún otro aspecto distinto de la identificación de los segmentos del negocio o geográficos sobre los que debe darse información.

39.  Al limitar los posibles segmentos sobre los que debe informarse a aquéllos que obtengan la mayor parte de sus ingresos ordinarios por ventas a clientes externos, esta Norma no exige que sean identificadas, como segmentos de negocios separados, las diferentes fases de las operaciones integradas verticalmente. No obstante, en algunos sectores industriales, es práctica corriente informar sobre ciertos negocios integrados verticalmente como segmentos separados, aun en el caso de que no generen ingresos ordinarios significativos por ventas externas. Por ejemplo, muchas compañías petrolíferas multinacionales informan sobre sus actividades de exploración-producción (transacciones ascendentes) y sus actividades de refino-comercialización (transacciones descendentes) como si fueran segmentos separados, aunque la mayor parte o la totalidad del petróleo crudo extraído sea transferido a los segmentos que efectúan el refino.

40.  Esta Norma aconseja, pero no exige, la presentación voluntaria de información sobre los negocios integrados verticalmente en forma de segmentos separados, suministrando las descripciones apropiadas sobre los mismos, incluyendo los criterios para la fijación de los precios de transferencia inter-segmentos, tal como se lo requiere en el párrafo 75.

41.  Si en el sistema de información interna de la empresa los negocios integrados verticalmente se tratan como segmentos separados, y la empresa elige no tratarlas externamente como segmentos del negocio independientes, el segmento que vende debe ser combinado con el segmento o segmentos que compran para formar segmentos para la información externa sobre los que debe informarse, salvo en el caso de que no existía un criterio razonable para hacerlo, en cuyo caso el segmento vendedor sería incluido como una partida de conciliación no asignada.

42.  Todo segmento sobre el que deba informarse por separado en el período precedente por satisfacer alguno de los límites del 10% establecidos en esta Norma, debe continuar siendo un segmento sobre el que debe informarse en el período presente, si la gerencia de la empresa juzga que sigue siendo significativo, aunque sus ingresos ordinarios, resultados o activos no superen ya el límite citado.

43.  Si un segmento ha sido identificado, en el período presente, como segmento sobre el que se debe informar porque satisface uno de los límites del 10%, la información segmentada del período anterior que se presente a efectos comparativos debe ser reformulada para reflejar el nuevo segmento sobre el que se debe informar como un segmento separado, aun en el caso de que ese segmento no superase en los períodos anteriores los límites pertinentes, salvo cuando sea imposible obtener tal información.

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Políticas contables en la información sobre segmentos

44.  La información segmentada debe prepararse de acuerdo con las políticas contables adoptadas para preparar y presentar los estados financieros de la empresa, sean éstos individuales o consolidados.

45.  Se presume que las políticas contables que los administradores y la gerencia de la empresa han escogido para su utilización en la preparación de sus estados financieros individuales o consolidados, son los que ellos creen más apropiados para los propósitos de información externa. Puesto que el propósito de la información segmentada es ayudar a los usuarios de los estados financieros a comprender mejor y formarse juicios más informados sobre la empresa tomada en su conjunto, esta Norma exige la utilización, en la preparación de la información por segmentos, de las mismas políticas contables elegidas por los administradores y la gerencia de la empresa. Sin embargo, esto no significa que las políticas contables, ya sean consolidadas o de la empresa individual, vayan a ser aplicadas a los segmentos identificados como si éstos fueran entidades contables aisladas. Cualquier cifra procedente de un cálculo de detalle, realizado para aplicar un criterio contable determinado para toda la empresa, puede ser objeto de reparto a los segmentos si existe un criterio razonable para hacerlo así. Por ejemplo, los cálculos sobre costos por planes de pensiones se realizan con frecuencia para la empresa en conjunto, pero las cantidades resultantes pueden ser distribuidas entre los segmentos tomando como base los salarios o los datos demográficos correspondientes a aquéllos.

46.  Esta Norma no prohibe la presentación de informaciones adicionales que versen sobre los segmentos, y se preparen utilizando políticas contables distintas a las utilizadas en los estados financieros individuales o consolidados, siempre que (a) la información sea presentada internamente ante el órgano de administración y el ejecutivo principal para sus tomas de decisiones acerca de la asignación de recursos económicos a los segmentos y para evaluar su rendimiento, y (b) se describan claramente los criterios de medición de esta información adicional.

47.  Los activos que sean utilizados conjuntamente por dos o más segmentos deben ser distribuidos entre los mismos si, y sólo si, los ingresos ordinarios y gastos relacionados con dichos activos son también objeto de reparto entre los segmentos.

48.  La forma de distribuir las partidas de activos, pasivos, gastos e ingresos entre los segmentos dependerá de factores tales como la naturaleza de estas partidas, las actividades llevadas a cabo por el segmento y su autonomía relativa. No es posible, o no es adecuado, especificar una única forma de realizar este reparto a ser adoptada por todas las empresas. Tampoco es adecuado forzar la distribución de las partidas de activos, pasivos, gastos o ingresos, que se relacionen en conjunto con dos o más segmentos, si la única base para realizar tal reparto es arbitraria o de difícil comprensión. Por otra parte, las definiciones de ingreso ordinario, gasto, activos y pasivos del segmento están interrelacionadas, y el reparto resultante de estas partidas debe ser coherente. Por ello, los activos utilizados conjuntamente se repartirán entre los segmentos si, y sólo si, sus correspondientes gastos e ingresos ordinarios también son objeto de distribución a los segmentos. Por ejemplo, los elementos de las propiedades, planta y equipo se incluirán entre los activos correspondientes a un segmento si, y sólo si, las depreciaciones y amortizaciones que estén relacionadas con el mismo se deducen del resultado del segmento.

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Información a revelar

49.  En los párrafos 50 a 67 se especifica el contenido de las informaciones a revelar para los tipos de segmentos sobre los que debe informarse considerando el formato aplicable a los segmentos primarios de la empresa. En los párrafos 68 a 72 se especifican las informaciones a revelar para los segmentos identificados como secundarios. Se aconseja que las empresas presenten todas las informaciones a revelar exigidas para los segmentos principales y contenidas en los párrafos 50 a 67, también para los tipos de segmentos considerados como secundarios, aunque los párrafos 68 a 72 requieran para éstos mucha menos información a revelar. Los párrafos 74 a 83 contienen otras consideraciones y obligaciones acerca de la información a revelar sobre los segmentos. En el Apéndice B de esta Norma se ilustra la aplicación de todas estas reglas sobre información a revelar.

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Formato para los segmentos principales

50.  Las obligaciones en materia de información a revelar de los párrafos 51 a 67, deben aplicarse a cada segmento sobre el que debe informarse, basado en el formato principal de información de la empresa.

51.  La empresa debe revelar el ingreso ordinario de cada uno de los segmentos sobre los que deba informar, exponiendo separadamente las ventas a los clientes externos y los ingresos ordinarios del segmento que proceden de transacciones con otros segmentos de la empresa.

52.  La empresa debe revelar el resultado obtenido por cada uno de los segmentos sobre los que deba informar.

53.  Las empresas que, sin recurrir a repartos arbitrarios, puedan calcular una ganancia o una pérdida neta o cualquier otra medida del desempeño del segmento distinta a su resultado, son instadas a la publicación de esa cifra, convenientemente explicada, adicionalmente al resultado del segmento calculado con las correspondientes distribuciones de ingresos ordinarios y gastos. Si dicha cifra se prepara empleando políticas diferentes a las adoptadas para sus estados financieros individuales o consolidados, la empresa incluirá en su información financiera una descripción clara de tales políticas.

54.  Un ejemplo de medida del rendimiento del segmento, previo al resultado del mismo en el estado de resultados, es el margen bruto sobre ventas. Ejemplos de medidas del desempeño del segmento, posteriores al resultado del mismo en el estado de resultados, son la ganancia o la pérdida neta por las actividades ordinarias (antes o después de impuestos sobre las ganancias) y la ganancia o la pérdida neta del periodo.

55.  La empresa debe revelar, para cada uno de los segmentos sobre los que debe informar, el importe en libros de los activos que le corresponden.

56.  La empresa debe revelar los pasivos correspondientes a cada uno de los segmentos sobre los que debe informar.

57.  La empresa debe revelar, para cada uno de los segmentos sobre los que debe informar, el costo total incurrido en el periodo para adquirir activos del segmento cuya duración esperada sea mayor de un periodo contable (propiedades, planta y equipo y activos intangibles). Aunque esta cifra es denominada, en ocasiones, inversiones de capital o desembolsos de capital, su medición debe hacerse empleando la base de acumulación (o devengo), y no una base de caja.

58.  La empresa debe revelar, para cada uno de los segmentos sobre los que debe informar, el importe total de gasto por depreciación y amortización de los activos, que se haya incluido en la determinación del resultado del segmento.

59.  Se aconseja pero no se obliga a las empresas a revelar información sobre la naturaleza e importe de todas y cada una de las partidas de ingreso ordinario y gasto, incluidas en la determinación del resultado del mismo, que sean de tal magnitud, cualidad o incidencia, que su conocimiento sea relevante para explicar el rendimiento de cada uno de los segmentos sobre los que se deba informar en el periodo.

60.  La NIC 8 exige que "cuando alguna de las partidas de ingresos y gastos, de las que conforman la ganancia o la pérdida de las actividades ordinarias, son de tal magnitud, cualidad o incidencia en la entidad, que la información respecto a ellas es relevante para explicar el comportamiento de la empresa en el periodo, la naturaleza e importe de tales partidas debe ser objeto de información por separado en los estados financieros". La misma NIC 8 ofrece una variedad de ejemplos, entre los que se incluyen las rebajas de valor de los inventarios o de los elementos de las propiedades, planta y equipo, las provisiones para reestructuración, las desapropiaciones de propiedades, planta y equipo o de inversiones a largo plazo, las operaciones discontinuadas, las liquidaciones por litigios y la reversión de las provisiones. En el párrafo 59 no se pretende cambiar la clasificación de tales partidas de ingreso ordinario o gasto, desde ordinarias a extraordinarias (tal y como están definidas en la NIC 8), ni tampoco cambiar la medición de las mismas. Sin embargo, la revelación de la información allí aconsejada modifica el nivel al cual se evalúa, para propósitos de revelación de información en los estados financieros, la significación de tales partidas, desde el nivel general de la empresa hasta el nivel del segmento correspondiente.

61.  La empresa debe revelar información, respecto de cada segmento sobre el que deba informar, sobre el importe total de los gastos que no han dado lugar a salida de efectivo y se han incluido en la determinación del resultado del segmento, distintos de los correspondientes a amortización y depreciación, cuya mención separada se exige en el párrafo 58.

62.  La NIC 7 Estados de Flujo de Efectivo, exige que la empresa presente un estado de flujo de efectivo que informe, por separado, sobre los flujos líquidos procedentes de actividades ordinarias, de inversión y de financiación. En la NIC 7 se hace notar que, para comprender en general la posición financiera, la liquidez y los flujos de efectivo de la empresa, es relevante la información sobre los flujos de efectivo de cada segmento industrial o geográfico sobre los que se deba informar. La NIC 7 aconseja que las empresas presenten esta información. Esta Norma también aconseja revelar información acerca de los flujos de efectivo por segmento que menciona la NIC 7. Además, aconseja a las empresas que presenten las partidas significativas de ingresos ordinarios que, no habiéndose liquidado en efectivo, se hayan incluido en el ingreso ordinario del segmento y, por tanto, se hayan tenido en cuenta para calcular el resultado del mismo.

63.  La empresa que suministre las informaciones sobre flujos de efectivo segmentados, según lo insta la NIC 7 Estados de Flujo de Efectivo, no está obligada a presentar también las informaciones referentes a las depreciaciones y amortizaciones mencionadas en el párrafo 58, ni los gastos que no han dado lugar a salidas de efectivo mencionados en el párrafo 61.

64.  La empresa debe revelar, para cada segmento sobre el que deba informar, la cifra agregada de participación en la ganancia o en la pérdida neta de las empresas asociadas, negocios conjuntos u otras entidades que se contabilicen por el método de la participación, siempre y cuando las operaciones de esas empresas estén, esencialmente, dentro del segmento en cuestión.

65.  Aunque la información a revelar de las participaciones en los resultados de las empresas asociadas, negocios conjuntos u otras entidades contabilizadas por el método de la participación se haga en una sola partida, la determinación de si la relación y las operaciones de esas empresas se llevan fundamentalmente por un solo segmento, se hará de forma individualizada para cada una de ellas.

66.  Si la empresa revela, para cada uno de los segmentos pertinentes, información agregada sobre su participación en la ganancia o la pérdida neta en sus empresas asociadas, negocios conjuntos y otras entidades contabilizadas por el método de la participación, ha de presentar también, en la información del segmento, el importe agregado que corresponda a las inversiones en tales empresas.

67.  La empresa debe presentar una conciliación entre la información correspondiente a cada uno de los segmentos y la información agregada que aparece en los estados financieros, individuales o consolidados de la entidad. En esta conciliación, el ingreso ordinario de los segmentos debe ser conciliado con los ingresos ordinarios que la empresa ha obtenido de sus clientes externos (eventualmente, se incluirá aquí el importe de los ingresos ordinarios que la entidad ha obtenido por ventas externas, que no figuren en ningún segmento); el resultado del segmento debe ser conciliado con la cifra comparable de ganancia por las operaciones de la empresa en su totalidad, así como con la ganancia o pérdida neta de la empresa; los activos del segmento deben ser objeto de conciliación con los de toda la empresa y los pasivos de los segmentos deben ser objeto de conciliación con los pasivos totales de la misma.

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Información sobre los segmentos secundarios

68.  En los párrafos 50 a 67 se identifican las exigencias de información a revelar aplicables a cada segmento sobre el que se informe, utilizando el formato informativo principal. En los párrafos 69 a 72 se identifican las exigencias informativas aplicables a cada segmento sobre el que se informe, utilizando el formato secundario de información, con el siguiente detalle:

(a)   si el formato principal para la información a revelar segmentada de la empresa corresponde a segmentos del negocio, las informaciones a suministrar en el formato secundario se describen en el párrafo 69;

(b)  si el formato principal para la información segmentada de la empresa corresponde a segmentos geográficos, determinados a partir de la localización de los activos (esto es, lugares donde se elaboran los productos o donde están establecidos los recursos para prestar los servicios), las informaciones a suministrar en el formato secundario se describen en los párrafos 70 y 71; y

(c)   si el formato principal para la información segmentada de la empresa corresponde a segmentos geográficos, determinados a partir de la localización de los clientes (esto es, lugares donde se venden los productos o donde se prestan los servicios), las informaciones a suministrar dentro del formato secundario se describen en los párrafos 70 y 72.

69.  Si el formato principal de la información financiera por segmentos de la empresa está constituido por los segmentos del negocio, también deberá darse la siguiente información:

(a)  ingreso ordinario del segmento procedente de clientes externos, por área geográfica según la localización de sus clientes, para cada segmento geográfico cuyo ingreso ordinario procedente de ventas externas sea un 10% o más del ingreso ordinario total por ventas a todos los clientes externos de la empresa;

(b)  importe en libros de todos los activos del segmento, según la localización geográfica de los activos, para cada segmento geográfico cuyos activos sean el 10% o más de los activos totales asignados a los segmentos de este tipo; y

(c)   el costo total incurrido durante el periodo para adquirir activos del segmento que se esperen utilizar durante más de un periodo (propiedades, planta y equipo y activos intangibles), según la localización geográfica de los activos, para cada segmento geográfico cuyos activos sean el 10% o más de los activos totales asignados a los segmentos de este tipo.

70.  Si el formato principal de la información financiera por segmentos de la empresa, está constituido por los segmentos geográficos (con independencia de que éstos se determinen en función de la localización de los activos o de los clientes), también deberá proporcionarse la siguiente información segmentada, para cada segmento del negocio cuyo ingreso ordinario por ventas a clientes externos sea un 10% o más de los ingresos ordinarios totales de la entidad por ventas externas, o cuyos activos segmentados sean un 10% o más de los activos totales de todos los segmentos del negocio:

(a)  ingreso ordinario del segmento por ventas a clientes externos;

(b)  importe en libros total de los activos del segmento; y

(c)   costo total incurrido en el periodo por adquisición de activos del segmento que se espera utilizar durante más de un periodo (propiedades, planta y equipo y activos intangibles).

71.  Si el formato principal de la información financiera por segmentos está constituido por segmentos geográficos, que están basados en la localización de los activos, y si la localización de sus clientes difiere de la correspondiente a los activos, entonces la empresa debe también informar acerca de los ingresos ordinarios por ventas a clientes externos, para cada segmento geográfico, determinado considerando los clientes, cuyo ingreso ordinario por ventas externas sea un 10% o más de los ingresos ordinarios totales de la empresa por ventas externas.

72.  Si el formato principal de la información financiera por segmentos está constituido por segmentos geográficos que están basados en la localización de los clientes, y si la localización de sus activos difiere de la correspondiente a las áreas geográficas de las que proceden los clientes, entonces la empresa debe también dar los siguientes datos segmentados, para cada segmento geográfico, determinado considerando los activos, cuyo ingreso ordinario por ventas externas o cuyos activos sean un 10% o más de las correspondientes cifras para toda la empresa:

(a)  importe en libros total de los activos segmentados según la localización geográfica de los mismos; y

(b)  costo total incurrido durante el periodo para la adquisición de los activos del segmento que se espera utilizar por más de un periodo (propiedades, planta y equipo y activos intangibles), según la localización de los activos.

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Ilustraciones de información por segmentos

73.  En el Apéndice B de esta Norma se ilustra la presentación, para los formatos principal y secundario, de la información segmentada exigida por esta Norma.

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Otra información a revelar

74.  Si un segmento del negocio o geográfico, para el cual se presenta información al órgano de administración o al ejecutivo principal no constituye un segmento a efectos de información financiera externa, porque obtiene la mayor parte de sus ingresos ordinarios por ventas a otros segmentos, pero su ingreso ordinario procedente de clientes externos es un 10 % o más de todas las ventas externas, la empresa debe revelar este hecho, junto con los importes de los ingresos ordinarios procedentes de (a) las ventas del segmento a clientes externos y (b) las ventas internas a los demás segmentos.

75.  Al medir e informar sobre el ingreso ordinario del segmento procedente de ventas a otros segmentos, los precios de venta inter-segmentos deben fijarse sobre las mismas bases utilizadas realmente para fijar los precios de estas transferencias. Tanto las bases de fijación de los precios inter-segmentos, como cualquier cambio en los criterios utilizados deben ser objeto de revelación en los estados financieros.

76.  Deben revelarse los cambios en las políticas contables adoptados para la información segmentada, siempre que tengan un efecto significativo sobre los importes de la misma, y la información de períodos anteriores presentada con fines comparativos debe ser reexpresada cuando haya algún cambio de este tipo, salvo cuando sea imposible hacerlo. La información correspondiente debe contener una descripción de la naturaleza del cambio efectuado, las razones del mismo, el hecho de que la información comparativa ha sido reexpresada o de que es imposible hacerlo, así como el efecto financiero del cambio, si se lo puede determinar razonablemente. Si la empresa cambia el modo de determinar sus segmentos, y no reexpresa la información segmentada de períodos anteriores, porque es imposible hacerlo siguiendo las nuevas políticas contables, deberá informar, para poder realizar la comparación pertinente, tanto las cifras obtenidas con las nuevas políticas como las que corresponderían a las antiguas.

77.  Los cambios en las políticas contables seguidas por la empresa se tratan conforme a la NIC 8 Ganancia o Pérdida Neta del Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables. Ésta exige que los cambios en las políticas contables sean hechos únicamente si hay una norma legal o un organismo regulador que obligue a ello, o bien si el cambio produce una presentación más apropiada de los sucesos o transacciones en los estados financieros de la empresa.

78.  Los cambios en las políticas contables adoptadas por la empresa en general, que afecten a la información segmentada, se tratarán de acuerdo con la NIC 8 Ganancia o Pérdida Neta del Período, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables. A menos que una nueva Norma Internacional de Contabilidad establezca lo contrario, la NIC 8 exige que el cambio en las políticas contables se aplique retrospectivamente, y que se reexprese la información comparativa presentada de periodos anteriores, salvo que resulte imposible hacerlo (tratamiento por punto de referencia), o que el efecto acumulativo producido por el cambio se incluya en la determinación del resultado de la empresa para el periodo corriente (tratamiento alternativo permitido). Si se sigue el tratamiento alternativo permitido, el ajuste acumulado que se haya incluido en la ganancia o pérdida neta de la empresa, se incluirá también en el resultado del segmento, siempre que se trate de una partida de la operación que puede ser atribuida, o distribuida con criterio razonable, a los segmentos. En el último caso, la NIC 8 puede exigir información por separado siempre que la magnitud, naturaleza o incidencia sea tal que dicha información sea relevante, a la hora de explicar el rendimiento de la empresa en el periodo.

79.  Algunos cambios en las políticas contables se refieren específicamente a la información segmentada. Como ejemplos se pueden citar los cambios en la identificación de los segmentos o en los criterios de reparto de ingresos ordinarios y gastos a los mismos. Estos cambios pueden tener un impacto significativo sobre la información segmentada, pero no modifican la información financiera agregada de la empresa. Con el fin de permitir a los usuarios comprender los cambios y evaluar las tendencias, la información segmentada sobre periodos contables anteriores que se incluye en los estados financieros para permitir comparaciones se reexpresará, siempre que sea posible para reflejar la nueva política contable.

80.  El párrafo 75 exige que, para la información segmentada, las transferencias inter-segmentos se midan con las bases que la empresa utiliza efectivamente para fijar los precios de ellas. Si la empresa cambia el método que realmente utiliza para fijar estos precios de transferencia inter-segmentos, esta modificación no constituye un cambio en las políticas contables para el cual deban reexpresarse los datos por segmentos de períodos anteriores de acuerdo con el párrafo 76. No obstante, el párrafo 75 exige que la empresa revele información sobre el cambio propiamente dicho.

81.  La empresa debe indicar los tipos de productos y servicios incluidos en cada segmento del negocio sobre el que se informe, e indicar la composición de cada segmento geográfico incluido en la información financiera, tanto si son principales como secundarios, salvo que estas indicaciones estén contenidas en otra parte dentro de los estados financieros o dentro del informe financiero.

82.  Es necesario tener conocimiento de las actividades llevadas a cabo por cada segmento del negocio, para poder evaluar el impacto de cuestiones tales como cambios en la demanda, en el precio de las materias primas o en otros factores de producción, así como el desarrollo de productos y procesos alternativos. De forma similar, es necesario conocer la composición de cada segmento geográfico para poder evaluar el impacto que los cambios en el entorno político y económico tienen en el riesgo asumido y el rendimiento conseguido por este segmento.

83.  No se presentará información separada de los segmentos sobre los que se informaba en ejercicios anteriores, si ya no alcanzan los límites cuantitativos mínimos para seguir siendo calificados como tales. El incumplimiento de los límites puede estar causado, por ejemplo, por una disminución de la demanda, por un cambio en la estrategia de la gerencia o porque se haya vendido una parte de la operación del segmento o se la haya combinado con otros segmentos. En estas circunstancias puede ser útil, para confirmar las expectativas sobre caída de los mercados o sobre cambio de estrategias empresariales, dar una explicación de las razones por las que el segmento, sobre el que se informaba previamente, ya no está incluido en la información segmentada.

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Fecha de vigencia

84.  Esta Norma Internacional de Contabilidad tendrá vigencia para los estados financieros que cubran periodos contables que comiencen a partir del 1 de julio de 1998. Se aconseja anticipar su aplicación. Si la empresa aplicara esta Norma revisada, en lugar de la NIC 14 original, a los estados financieros de periodos que comiencen antes del 1 de julio de 1998, deberá revelar este hecho. Si los estados financieros incorporan información comparativa de periodos anteriores a la fecha de entrada en vigor o a la aplicación voluntaria anticipada de esta Norma, se exige la reexpresión de la información segmentada que se incluya a efectos comparativos para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Norma, salvo cuando ello sea imposible, en cuyo caso la empresa debe dar a conocer este hecho.

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