Resolución N° 1.370/021 - 22/11/2021-BIOTRADE S.A.-1370-MIEM

Otórgase a la empresa BIOTRADE S.A. la exoneración de todo recargo incluso el mínimo, del Impuesto Aduanero único a la importación, de la Tasa de movilización de Bultos, de la Tasa Consular y en general de todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado a los bienes destinados a integrar el costo de la inversión en activo fijo, importados directamente por la entidad que desarrolle la actividad mencionada en el artículo 1º del Decreto 411/011 siempre que hayan sido declarados no competitivos con la industria nacional por la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

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