Resolución N° 76.901/020 - 11/08/2020-NAFECOR S.A.-76.901-A1-MEF
Resuelven: Sustitúyase el numeral 4° de la Resolución del Ministro de Economía y Finanzas, en ejercicio de atribuciones delegadas, de fecha 27 de julio de 2016, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de la empresa NAFECOR S.A. por el siguiente:
"4°.- Exonérese a la empresa NAFECOR S.A., del pago del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas por UI 1.040.041, equivalente a 40,44% de la inversión elegible, que será aplicable por un plazo de 5 años a partir del ejercicio comprendido entre el 01/04/13 y el 31/03/14 inclusive o desde el ejercicio en que se obtenga renta fiscal, siempre que no hayan transcurrido cuatro ejercicios de la declaratoria promociona!. En este caso, el referido plazo máximo se incrementará en cuatro años y se computará desde el ejercicio en que se haya dictado la presente declaratoria.