Resolución S/N/007 AIN del 12/03/2007

Relativa a la presentación del Certificado Único Especial por parte de empresas registradas en el Interior del País

Sociedades Anónimas - Resoluciones y Criterios

Auditoría Interna de la Nación

Montevideo, 12 de marzo de 2007

VISTO: La situación planteada con respecto a la demora por parte de la Dirección General Impositiva en la expedición de los certificados únicos especiales para empresas del Interior del país.

RESULTANDO: Que sin dicho certificado no es posible ingresar el trámite y que a su vez la sociedad cuenta con un plazo de 30 días desde el acto asambleario, vencido el cual es pasible de la aplicación de sanciones pecuniarias.

CONSIDERANDO: Que corresponde armonizar ambas situaciones, aplicando en el caso el principio de informalismo en favor del administrado, permitiendo el ingreso de dichos trámites.

ATENTO: A lo informado precedentemente y los art. 412 de la Ley Nº 16.060 de 4/9/89, Decreto 335/990 de 26/07/90 cctes y modificativas y art. 80 del Decreto N° 338/996 de 28/08/96.

LA AUDITORA INTERNA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

1) AUTORIZASE a ingresar el trámite de reformas de estatutos con la solicitud del Certificado de la Dirección General Impositiva, a aquellas empresas que se encuentren registradas en el Interior del país.

2) Dicha solicitud debe contener una fecha de ingreso a la  Dirección General Impositiva que sea no menor a 15 días antes del vencimiento del plazo de presentación ante esta Auditoria.

3) Al expediente ingresado bajo estas condiciones, no se le dará trámite, quedando en espera en Mesa Reguladora de Trámite, hasta que sea agregado el certificado definitivo.

4) Notifíquese a Mesa Reguladora de Trámite y al Sector Privado, insértese en la página web del organismo y publíquese en cartelera. Cumplido archívese.

Ec. Laura Remersaro Matturro

Auditor Interno de la Nación

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