Incumplimiento de la obligación de informar al BCU beneficiario final y titulares - Multas aplicables

(Art. 32 de la Ley 19.484, art. 21 del Decreto 166/017, Resolución de A.I.N. de fecha 6 de abril de 2018)

Se informa a las entidades cuyas acciones o partes sociales sean nominativas o escriturales, que no dieron cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 19.484, que serán pasibles de las siguientes multas acumulativas:

1) Por incumplimiento de la obligación relativa a informar beneficiario final (artículos 23, 24 y 29 de la Ley 19.484).

2) Por incumplimiento de la obligación de informar titularidad de acciones o partes sociales nominativas (artículos 25 y 29 Ley 19.484).

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