Certificación de Origen Digital
Uruguay se encuentra en proceso de incorporación de la certificación digital en el marco del proyecto de Certificación de Origen Digital de la ALADI. Este sistema está desarrollado, en principio, para su utilización en el marco de acuerdos entre países miembros de la ALADI registrados al amparo del TM80 que certifiquen origen mediante Entidades Certificadoras de Origen. No obstante lo anterior, técnicamente es posible ajustarlo para su utilización en otros acuerdos suscritos por los países miembros, tanto con terceros países, como entre ellos pero fuera del ámbito de la ALADI.
La Resolución 386 del Comité de Representantes (4/11/2011) estableció los procedimientos y las especificaciones técnicas de la certificación digital así como la validez jurídica de estos certificados en formato digital en cada uno de los acuerdos suscritos en el marco de la ALADI, bajo la condición de que los mismos sean formalizados en el ámbito de los referidos acuerdos.
Respecto a esta última condición, la validez jurídica de estos certificados se ha formalizado en los siguientes acuerdos en que participa Uruguay:
- ACE 2 Uruguay-Brasil (Art 16 del 76 PA, vigente 4/03/16),
- ACE 18 MERCOSUR (83 PA, vigencias bilaterales: UY-AR 8/03/15, BR 16/08/15, PY 18/09/16),
- ACE 57 Argentina-Uruguay (referencia al ACE 18 - 8/03/15)
- ACE 35 MERCOSUR-Chile (58 PA, vigente 20/07/16)
- ACE 60 Uruguay-México (Dec 3/2020, vigente 15/04/21)
- ACE 72 MERCOSUR-Colombia (Art 9 del Régimen de Origen, vigencia bilateral: UY-CO 11/06/18).
- ACE 36 MERCOSUR-Bolivia (30 PA, vigencia bilateral: UY-BO 15/05/24)
La implementación de la certificación digital requiere que los países desarrollen una plataforma de recepción (las aduanas) así como plataformas de emisión (las entidades habilitadas), estas últimas deben cumplir con los procesos de homologación interna (control con el sistema de recepción de la propia aduana) y de homologación externa (control con el sistema de recepción de la aduana del país receptor).
Actualmente todas las entidades habilitadas para emitir certificados de origen en Uruguay han desarrollado su plataforma de emisión de Certificados de Origen Digital y han finalizado exitosamente las pruebas de sus sistemas informáticos (pruebas de homologación interna).
Antes de la puesta en vigor de la certificación digital con los distintos socios se viene procediendo con pruebas en dos etapas: homologación externa (intercambio de COD de operaciones ficticias válidos y con errores predeterminados) y planes pilotos (pruebas de los sistemas informáticos de las Aduanas con base en operaciones reales, pero manteniendo la validez sólo del certificado en papel).
A partir del 9 de abril de 2018, Uruguay comenzó a utilizar el COD en las operaciones de comercio exterior con Argentina (al amparo del ACE 18 y el ACE57), y con Brasil (al amparo del ACE18 y del ACE2) y, desde el 18 de mayo del 2020, con Paraguay (al amparo del ACE18).
Inicialmente la emisión del COD era una alternativa a la del papel, no obstante los países emisores han ido adoptando la exclusividad de la emisión del COD: desde el 1ero de mayo del 2019 en Argentina, desde el 21 de octubre del 2019 en el caso de Brasil, desde el 1ero de febrero del 2020 en el caso de Uruguay, en las exportaciones preferenciales a Argentina y Brasil y, desde el 1º de abril del 2024, en las exportaciones preferenciales de Uruguay a Paraguay.
Respecto a socios comerciales extra MERCOSUR, luego de finalizadas las pruebas respectivas, desde el 20 de setiembre del 2021, los exportadores e importadores de Uruguay y Chile pueden utilizar el COD (como opción al papel) en el intercambio comercial de ambos países, en el marco del ACE 35 (MERCOSUR Chile) y del ACE 73 (Uruguay-Chile).
Asimismo, en el 2022 - desde junio para las exportaciones de México a Uruguay y desde agosto para las exportaciones de Uruguay a México - quedó implementada la posibilidad de usar Certificados de Origen Digital en el marco del Acuerdo de Complementación Económica Nº 60 (ACE 60). En el caso de México, este país decidió eliminar el Certificado de Origen en formato papel y usar exclusivamente el COD en sus exportaciones a Uruguay, mientras que en las exportaciones de Uruguay hacia aquel país es posible usar tanto el Certificado de Origen en formato papel como el COD.
A partir del 3/3/2025 los exportadores uruguayos que deseen acceder a las preferencias arancelarias negociadas en el ACE 72 podrán solicitar a las entidades habilitadas la emisión del Certificado de Origen Digital (COD), en lugar de Certificados de Origen en formato papel. Por el momento, ambas opciones estarán disponibles para el exportador, no obstante la idea es promover un uso creciente del COD en sustitución del formato papel. Por su parte, según lo dispuesto por Colombia, los importadores uruguayos de productos originarios de Colombia, bajo el mismo acuerdo, recibirán Certificados de Origen Digitales, y ante la eventual ocurrencia de incidentes de carácter técnico u operativo que no permitan su expedición, se permitirá la emisión en formato físico.
En el caso del intercambio comercial entre Chile y Uruguay, entre México y Uruguay y entre Colombia y Uruguay el intercambio de COD se realiza a través de las Ventanillas Únicas de Comercio Exterior (VUCEs) de los países involucrados.
País | Acuerdos | Situación actual |
---|---|---|
Argentina | ACE 18 / ACE 57 | Obligatorio (papel sólo excepciones) |
Brasil | ACE 18 / ACE 2 | Obligatorio (papel sólo excepciones) |
Paraguay | ACE 18 | Opcional para las exportaciones de Paraguay a Uruguay Obligatorio para las exportaciones de Uruguay a Paraguay |
Chile | ACE 35 / ACE 73 | Opcional |
México | ACE 60 | Obligatorio para las exportaciones de México a Uruguay Opcional para las exportaciones de Uruguay a México |
Colombia | ACE 72 | Obligatorio para las exportaciones de Colombia a Uruguay Opcional para las exportaciones de Uruguay a Colombia |
La utilización del COD en el comercio exterior facilita y hace más eficiente la emisión de los Certificados de Origen que se presentan en las Aduanas de destino para acceder a las preferencias negociados en los Acuerdos Comerciales involucrados. Asimismo, este instrumento facilita y mejora el control por parte de las Aduanas importadoras. La disminución de tiempos involucrados en la emisión y la recepción, así como la mejora en los controles genera beneficios para todos los operadores involucrados, lo cual se traduce en facilitación del comercio.
La APC, en coordinación con la Aduana y VUCE y las entidades emisoras de CODs, seguirá trabajando con otros socios comerciales, de manera de intensificar el uso de este instrumento en las operaciones de comercio exterior de Uruguay.
Por mayor información sobre la Certificación de Origen Digital, pueden dirigirse al Sitio Web: www.cod.gub.uy. Por consultas operativas, dirigirse a info@cod.gub.uy.
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