Resolución del 14/05/08

"Procedimiento definido por la A.I.N. en cumplimiento de lo establecido por los arts. 16 y 17 de la Ley Nº 18.212"_"Usura"

Resoluciones y Criterios

AUDITORIA INTERNA DE LA NACION

Montevideo, 14 de mayo de 2008

VISTO: Lo dispuesto por la Ley Nº 18.212 “Usura, normas para atender su problemática” de fecha 5 de diciembre de 2007.

RESULTANDO: Que los artículos 16, 17 y 18 del Capítulo IV “Exclusiones a los efectos del cálculo de la tasa de interés” de la citada norma legal, establecen nuevos cometidos para la Auditoría Interna de la Nación (A.I.N).

CONSIDERANDO: Que, a los efectos del más eficiente cumplimiento de los mismos, es necesaria la implementación de un procedimiento que deberán seguir las cooperativas y las asociaciones civiles autorizadas a realizar operaciones de crédito que deseen ampararse al régimen legal previsto.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto;

1º) Apruébese el nuevo procedimiento para dar cumplimiento a los artículos 16, 17 y 18 de la Ley Nº 18.212 de fecha 5 de diciembre de 2007 que incluye los siguientes formatos de declaraciones juradas e instructivos, que se adjuntan como anexos y forman parte de la presente Resolución.

2º) Encomendase a la Sección Cooperativas la realización del procedimiento destinado a la expedición de las constancias a aquellas cooperativas y asociaciones civiles autorizadas a realizar operaciones de crédito que hayan cumplido los requisitos necesarios para acogerse al beneficio establecido en el régimen legal previsto.

3º) Pase al Departamento de Informática a los efectos de la publicación en la página Web de la presente Resolución en la sección “Noticias” y de los siguientes documentos: declaraciones juradas de las cooperativas y de las asociaciones civiles e instructivos a considerar por unas y otras.

 

Ec. Laura Remersaro Matturro
Auditor Interno de la Nación

- Declaración Jurada Cooperativas
- Instructivo

- Declaración Jurada Asociaciones Civiles
- Instructivo

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