Convocatoria:presentación de subproyectos para la mejora de calidad de agua en la cuenca prioritaria del Río Santa Lucía

2. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios, 200 productores lecheros familiares o medianos previamente identificados y ubicados en la cuenca del Río Santa Lucía, que constituyan personas físicas o jurídicas estrictamente privadas (con la excepción de las Sociedades Anónimas), que se encuentren en áreas identificadas de “alto riesgo geográfico” según la matriz de riesgo ambiental y que no tengan antecedentes de haber recibido financiamiento para gestión de efluentes en anteriores convocatorias MGAP.

La DGRN (Unidad ejecutora responsable desde el MGAP), ha identificado padrones que, al momento del lanzamiento de la presente convocatoria, cumplen con las características anteriores. Por la dinámica propia del rubro, ee creo un link donde se puede consultar si el padrón (es) del predio, se encuentran comprendidos en la zona de riesgo geográfico ambiental alto de la cuenca del Río Santa Lucía-

https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/politicas-y-gestion/consulta-padrones
 

2.1 Características de los beneficiarios:

a.    Productores lecheros familiares y medianos según la definición del manual operativo del Proyecto financiador (Sistemas Agroecológicos y Resilientes en Uruguay - Banco Mundial).  

Serán considerados productores familiares aquellos productores que cumplen con los requisitos establecidos en la Resolución del MGAP Nro. 528/08 y se registren como tales ante la DGDR. 

Serán considerados productores medianos aquellos productores agropecuarios registrados como “aspirantes a financiamiento” ante la DGDR y que cumplen con los siguientes requisitos. 
⦁    Mano de obra Relación MO Familiar/MO Contratada entre 1 y 0.33 
⦁    Actividades agropecuarias como principal rubro como fuente de ingresos. 
⦁    Vacunos de leche (lecheros) hasta 300 vacas ordeñe.
⦁    Hasta 400 has. 

b.    Productores lecheros que se encuentran en zona de riesgo geográfico alto  [1] según la matriz de riesgo ambiental (versión acordada en el comité de efluentes para riesgo geográfico).

[1] Riesgo geográfico ALTO es aquel que está definido por la ubicación del área generación y gestión de efluentes, definido por los siguientes atributos (donde uno de ellos se cumpla se considera riesgo geográfico alto):

https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/sites/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/files/2020-03/consideraciones_sobre_la_matriz_de_riesgo_ambiental.pdf

c.    Serán prioritarios los Productores lecheros y/o las salas de ordeñe que no tengan antecedentes de haber recibido financiamiento para gestión de efluentes en anteriores convocatorias MGAP Productores con antecedentes no integrarán listas de prioridad.

d.    Se deberá tener presentado el Plan de uso de suelos para la Lechería Sostenible (PLS) [2]  tal como está establecido en la Resolución N° 159/15 de DGRN. 

(https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/institucional/normativa/resolucion-159015-0)

Se tomarán en cuenta los antecedentes respecto a incumplimientos injustificados ante el MGAP a los efectos de aprobar los subproyectos (el interesado puede consultar de forma previa a la elaboración del subproyecto al MGAP en caso de dudas el e-mail ea.dgrn@mgap.gub.uy ). De igual forma, la actuación en la presente convocatoria será tomada en cuenta para futuras intervenciones.
 

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[1] Riesgo geográfico ALTO es aquel que está definido por la ubicación del área generación y gestión de efluentes, definido por los siguientes atributos (donde uno de ellos se cumpla se considera riesgo geográfico alto):

 

  • Zona de recarga de acuíferos (Acuífero raigón vulnerabilidad alta)
  • Suelos de textura franco-arenosa a arenosa en todo su perfil de acuerdo al triángulo de textura
  • Distancia menor a 5 km aguas arriba de la toma de agua de ciudades
  • Distancia menor a 1 km aguas abajo de la toma de agua de ciudades
  • Ubicación del sistema de efluentes a menos de 500mts de una fuente de agua superficial
  • Dentro de un Área Natural Protegida incorporadas al SNAP
  • Distancia mínima a nivel freática en:
    • Menor a 1,5 m en suelos de texturas medias a pesadas
    • Menor a 3,0 m en suelos de texturas livianas

 

[2] El Plan de uso de suelos para la Lechería Sostenible (PLS) es una herramienta para promover sistemas de producción sostenibles en términos de la conservación del suelo, que implica determinar una sucesión de cultivos asociados a una unidad de producción, que no genere pérdidas de suelo por erosión estimadas por encima de la tolerancia para el mismo. Además, implica elaborar un programa de manejo de la fertilización química y orgánica, como medida para controlar el nivel de fósforo en el suelo.  La presentación del PLS se realiza a través de un Ingeniero Agrónomo registrado ante la Dirección General de Recursos Naturales (DGRN).

 

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