Exigencias de Habilitación según tipo productivo
Las habilitaciones de nuevos establecimientos avícolas deberán respetar las medidas de bioseguridad de los establecimientos avícolas de mayor bioseguridad, dentro de un radio de 5 km para reproductoras y 1 km para establecimientos comerciales. Tomados desde los puntos más cercanos desde los edificios o galpones.
Ejemplo: Un establecimiento de engorde para instalarse dentro de una zona buffer de 5 km de una reproductora, deberá adoptar la bioseguridad de los establecimientos de reproducción.
El gradiente de bioseguridad se establece por el grado de aislamiento de los establecimientos.
Se consideran:
a. como de mayor bioseguridad- las reproductoras y plantas de incubación;
b. como de bioseguridad media- la producción de carne y ponedoras;
c. como de baja bioseguridad, los sistemas productivos con acceso al exterior.