Acceso a los servicios
Artículo 26º. Derechos
Los pacientes y usuarios tienen derecho a:
- Conocer y ejercer sus derechos, con asesoramiento y apoyo, en su caso, del servicio de salud correspondiente.
- Que se les facilite el acceso y uso de los servicios de salud, incluyendo las plantas físicas donde funcionen, contemplando sus dificultades, discapacidades y necesidades.
- Ser oídos y atendidos en un ambiente adecuado y en forma oportuna.
- Recibir un trato respetuoso y digno, que incluye la protección de su intimidad cuando estén haciendo uso de los servicios de salud.
Artículo 27º. Coordinación de consultas
Los servicios de policlínica de Medicina General, Pediatría y Ginecología deberán estar disponibles como mínimo, en la sede principal del servicio de salud, de lunes a viernes de 8 (ocho) a 20 (veinte) horas y los sábados de 8 (ocho) a l4 (catorce) horas.
La coordinación de horas para todo tipo de consultas se podrá hacer en forma telefónica como mínimo, en los mismos días y horarios.
Artículo 28°. Tiempos de espera
Los servicios de salud de todo el país, deberán otorgar cita para consulta externa en Medicina General, Pediatría y Ginecobstetricia, en un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas desde el momento de la solicitud.
El plazo máximo de espera para consulta externa de Cirugía General será de 2 (dos) días desde la fecha de la solicitud.
Las consultas externas en las especialidades médicas y quirúrgicas en ningún caso podrán ser coordinadas en un plazo mayor a 30 (treinta) días desde que fueron solicitadas.
Los procedimientos quirúrgicos no urgentes deberán coordinarse en un plazo inferior a 180 (ciento ochenta) días a partir del momento en que la cirugía es indicada por el especialista actuante.