Medidas y recomendaciones dirigidas a la prevención y control ante sospecha de brotes de IRA en centros de salud mental
Recomendaciones
Los brotes de IRAs en estas instituciones pueden cursar con un elevado número de casos y en general con una elevada mortalidad.
Los virus respiratorios se transmiten muy fácilmente de persona a persona a través de secreciones respiratorias que se emiten al hablar, toser o estornudar y por contacto con objetos contaminados.
Los centros de salud mental se definen como instalaciones donde los pacientes permanecen internados de manera temporal o permanente debido a su condición mental.
La ley de Salud Mental N° 19.529 y el Plan Nacional de Salud Mental 20202027, en particular en los Artículos 24 y 26 establecen que “ Durante la hospitalización se promoverá el mantenimiento de vínculos, contactos y comunicación de las personas hospitalizadas con sus familiares, allegados y con el entorno laboral y social, salvo en aquellos casos en que el equipo de salud interviniente lo deniegue por razones terapéuticas debidamente fundadas” ( Artículo 24).
Asimismo el Decreto 106/022 del 5 de abril de 2022 dejó sin efecto la declaración de estado de Emergencia Nacional Sanitaria, como consecuencia de la pandemia originada por el virus SARS-CoV2 decretada el 13 de marzo de 2020. Desde esa fecha se han revisado los protocolos usados durante la pandemia “procurando mantener el equilibrio entre la protección de la salud humana, la minimización de los trastornos sociales y económicos, así como el respeto a los derechos humanos”.
El objetivo de este documento es brindar las recomendaciones dirigidas a la prevención y control ante sospecha de brotes de infecciones respiratorias agudas en centros de salud mental.
Las medidas y recomendaciones están dirigidas a la Dirección Técnica de los establecimientos, el personal de salud de los mismos, a los pacientes y visitas.
Recomendaciones dirigidas a la Dirección Técnica
- Promover el cumplimiento de las recomendaciones de vacunación establecidas por la autoridad sanitaria, entre pacientes y equipo de salud del centro. En caso de brote de IRAs en el establecimiento se intensificará la recomendación de vacunación.
- Establecer la obligatoriedad de realizar ventilación adecuada y frecuente de los diferentes ambientes para aumentar la circulación de aire y de esta forma disminuir la concentración de microorganismos. -Intensificar los turnos de la limpieza y desinfección frecuente de superficies de contacto (mesas, pestillos de puertas, interruptores de luz, teléfonos, utensilios, etc) con soluciones a base de hipoclorito de sodio o alcohol.
- Asegurar la disponibilidad en los centros de cartelería sobre el correcto lavado de manos y medidas de higiene respiratoria incluido etiqueta de tos.
- Disponer de alcohol en gel para la desinfección de manos en las áreas comunes y en las habitaciones en forma permanente. - Promover la capacitación regular del equipo de salud sobre protocolos de prevención, uso de EPP y manejo de pacientes con enfermedades respiratorias agudas.
- Asegurar la provisión de mascarillas faciales y EPP.
- Asegurar el correcto manejo de medidas de prevención que reduzcan el riesgo de dispersión y ocurrencia de otros casos, especialmente en el período de transmisibilidad de las personas enfermas (medidas de aislamiento, uso de mascarilla, etc).
- Notificar al Departamento de Vigilancia en Salud del MSP ante la sospecha de un brote de IRAs a efecto de recibir orientación en cuanto, las medidas pertinentes y la eventual coordinación con los servicios de salud de ser necesario, así como la declaración del fin del brote en caso de confirmarse.
- Mantener una comunicación clara con los familiares sobre la situación del brote y las medidas que se implementan para la protección de los pacientes.
Recomendaciones dirigidas al Equipo de Salud
- Seguir las recomendaciones emitidas por el MSP; así como participar en las instancias de capacitación dirigidas al manejo de pacientes con enfermedades respiratorias agudas, detección temprana de síntomas y uso adecuado de EPP en función de las recomendaciones emitidas por la autoridad sanitaria.
- Realizar un correcto lavado de manos antes y después del contacto con pacientes que presenten síntomas compatibles con IRAs y después de tocar superficies potencialmente contaminadas.
- Uso correcto de equipos de protección personas incluido el uso de mascarillas faciales para la atención de pacientes que presenten sintomatología compatible con IRAs acorde al riesgo y la tarea.
- Continuar con las actividades psicoterapéuticas, físicas y lúdico recreativas , orientadas a la rehabilitación psicosocial de los pacientes. De ser posible se recomienda que las mismas se lleven a cabo en espacios abiertos o de lo contrario en un área exclusiva destinada para tal fin.
- Adoptar las recomendaciones del Ministerio de Salud Pública establecidas en el Decreto 436/023 ante sospechas de brotes de IRAs en personas que asisten o residen en comunidades cerradas.
Recomendaciones para pacientes y visitantes
El aislamiento social en las personas con discapacidad psíquica constituye un factor de riesgo por su incapacidad para comprender la situación y su mayor necesidad de contacto interpersonal.
Como norma general se recomienda no limitar la visita a los pacientes que presenten síntomas compatibles con IRAs extremando las precauciones que minimicen la posibilidad de que puedan exponerse a otras personas enfermas.
Se recomienda que en estos casos el paciente (salvo intolerancia) y la visita utilicen mascarilla facial y se mantenga distanciamiento social.
Evitar dentro de las posibilidades que los pacientes sintomáticos compartan los espacios comunes cerrados. Las actividades las realizarán en sus propias habitaciones o en espacios comunes abiertos.
Solicitar a los visitantes dentro de lo posible evitar concurrir al establecimiento si presentan síntomas compatibles con IRAs.
Referencias