Ajuste Julio 2014

ACTA:En Montevideo, el 16 de juliode 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 “Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos”, Subgrupo N° 09“MENSAJERIAS Y CORREOS PRIVADOS”, integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres Beatriz Cozzano y Carlos Rodriguez, el Delegado Empresarial: Cr Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y los Delegados de los Trabajadores: Sres. Eduardo Sosa y Daniel Delgado en representación de FUECYS.-

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 7 de noviembre de 2013, registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente..-----

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula cuarta del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2014 será de 9,08% para todos los salarios del sector, producto de la acumulación de los siguientes items: a) 5% centro del rango meta de inflación proyectada por el BCU para el período 1º de julio de 2014 a 30 de junio de 2015, y b) 3,89% correctivo para cubrir la diferencia entre la inflación proyectada para el período 1º de julio de 2013 a 30 de junio de 2014 (5%) y la inflación real de igual período (9,08%), (1,05*1,0389=1,0908= 9,08%.-

TERCERO: De conformidad con lo antes señalado, el salario mínimo básico y nominal para todos los trabajadores del sector a partir del 1º de julio de 2014 será:

Nivel salarial

Categorías comprendidas

Salario

1

Aprendiz – Peón – Limpiador – Sereno -Cadete

$ 13.554

2

Auxiliar- Ensobrador

$ 14.215

3

Oficial Postal

$  14.772

4

Digitador

$ 15.233

5

Cobrador – Gestor – Chofer

$ 15.592

6

Administrativo

$ 15.849

7

Encargado Administrativo

$ 17.847

8

Clasificador

$ 18.247

9

Supervisor

$ 18.644

Leída firman de conformidad.

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