Ajuste Julio 2014
ACTA:En Montevideo, el 16 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 “Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos”, Subgrupo N° 23 “Alquiler, servicios y soporte de equipos de filmación”,integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres Beatriz Cozzano y Carlos Rodríguez, el Delegado Empresarial: Cr Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y los Delegados de los Trabajadores: Sres. Eduardo Sosa y Daniel Delgado en representación de FUECYS.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 16 de diciembre de 2013 registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta todos los trabajadores del sector recibirán al primero de julio de 2014 9,08% producto de la acumulación de los siguientes items: a) 5% centro del rango meta de inflación proyectada por el Banco Central para el período 1º de julio de 2014 a 30 de junio de 2015 y b) 3,89% correctivo para cubrir la diferencia entre la inflación proyectada para el período 1º de julio de 2013 a 30 de junio de 2014 (5%) y la inflación real de igual período (9,08%).-
1.05*1,0389=1,0908=9,08%.-
TERCERO: En consecuencia los salarios mínimos del sector a partir del 1ero de julio de 2014 serán:
Administración y atención al cliente
Telefonista/ Recepcionista $ 14.022
Auxiliar administrativo $ 15.424
Atención al cliente $ 16.779
Secretaria $18.456
Encargado/a administración $ 20.250
Depósito, chequeo y mantenimiento
Sereno/limpiador $ 14.022
Peón $ 15.424
Auxiliar de preparación y chequeo de equipos $ 16.779
Chofer $ 18.456
Preparación, chequeo y mantenimiento
habitual de equipos $ 19.528
Encargado de depósito $ 20.250
Técnico en mantenimiento y reparaciones $ 22.056
Encargado de mantenimiento $ 27.569
Leída que fue se ratifican y firman de conformidad.