Ajuste Julio 2014

ACTA:En Montevideo, el 16 de juliode 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 “Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos”, Sub Grupo Nº 26 “Prestación de Servicios Audio Visuales para Eventos en General”, integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres Beatriz Cozzano y Carlos Rodríguez, el Delegado Empresarial: Cr Hugo Montgomery  en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y los Delegados de los Trabajadores: Sres. Eduardo Sosa y Daniel Delgado en representación de FUECYS.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 26 de noviembre de 2013 registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio colectivo, los salarios mínimos vigentes al 30 de junio de 2014se incrementarán 5% por concepto de centro del rango meta de inflación proyectada por el Banco Central para el período 1º de julio de 2014 a 30 de junio de 2015.

En consecuencia los salarios mínimos a partir del 1º de julio de 2014 serán:

Franja 1

Operador Básico de Audio y Video, Ayudante de Cámara, Auxiliar Administrativo, Chofer A.

$ 15.141

Franja 2

Operador Técnico de Audio y Video, Camarógrafo-Editor y Chofer B

$ 17.304

Franja 3

Técnico en informática y redes , Editor en Video

$ 21.630

Franja 4

Encargado de División- Jefe Operacional

$ 25.956

TERCERO: Ajuste de sobrelaudos. Aquellos trabajadores que al 30 de junio de 2014 perciban salarios superiores a los mínimos recibirán 9,08% de incremento producto de la acumulación de a) 5% inflación proyectada por el BCU para el período 1º de julio de 2014 a 30 de junio de 2015 y b) 3,89% correctivo para cubrir la diferencia entre la inflación proyectada para el período 1º de julio de 2013 a 30 de junio de 2014 (5%) y la inflación real de igual período (9,08%) 1.05*1,0389=1,0908=9,08%.

Leída firman de conformidad.

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