Ajustes enero 2007

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 12 de Enero de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios Profesionales, técnicos especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N°08  "Empresas de Seguridad y Vigilancia" capítulo "Seguridad Física", integrado por, Delegados del Poder Ejecutivo:  Dres. Loreley Cóccaro y Alejandro Machado; Delegado Empresarial: Sr. Julio César Guevara en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y Delegado de los Trabajadores: Sr. Eduardo Sosa en representación de Fueci.-- HACEN CONSTAR QUE: PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo vigente suscrito el día  20 de setiembre del año 2006, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 381/2006.SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio colectivo, se acuerdan los valores mínimos por franja a regir a partir del 1º de enero de 2007:Vigilante                              $ 18,25/hr.Vigilante Auxiliar                  $ 18,89/ hrChofer                                 $ 19,31/hrEncargado de Turno            $ 19,74/hrAdministrativo                     $ 3.778 Se deja constancia que los salarios mínimos que anteceden y en función a los valores asegurados por la disposición citada en este punto, reciben un ajuste del 10,61%.TERCERO: Sin perjuicio de los salarios mínimos establecidos en la presente y de acuerdo a lo establecido en la cláusula novena del referido convenio, ningún trabajador del sector podrá recibir un aumento inferior al 3.35% sobre sus remuneraciones vigentes al 31 de diciembre de 2006 ( inflación proyectada 2,93%, crecimiento 1,25%, correctivo de inflación – 0,83).CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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