Ajustes enero 2007
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 17 de Enero de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios Profesionales, técnicos especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 16 "Áreas Verdes", integrado por, Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Loreley Cóccaro y Alejandro Machado; Delegado Empresarial: Sr. Julio César Guevara en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y Delegado de los Trabajadores: Sr. Eduardo Sosa en representación de Fueci y SUTPAV.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 7 de setiembre del año 2006, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 366/006.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula séptima del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2007 para los salarios mínimos por categoría será del 4,12% resultante de la acumulación de los siguientes conceptos: a) por concepto de inflación esperada 2,93%; b) por concepto de crecimiento, 2% y c) por concepto de correctivo de inflación: - 0,83% (102,93 x 1.02 x 0.9917 = 104,12). A continuación detalle de los salarios mínimos resultantes:
AREAS VERDES Por hora
Peón B $ 19.66
Peón A $ 21.34
Maquinista $ 23.58
Tractorista $ 33.13
Ayudante de Encargado $ 33.13
Chofer $ 38.19
Encargado $ 43.73
ARBOLADO
Peón $ 21.34
Maquinista de poda $ 25.27
Podador $ 33.13
Ayudante de Encargado $ 33.13
Chofer $ 38.19
Encargado $ 43.73
ADMINISTRATIVOS Mensual
Cadete $ 4165
Auxiliar $ 6.768
TERCERO: Para aquellos salarios que estén por encima de los mínimos de categoría, el aumento será del 3.35%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos: a) por concepto de inflación esperada 2,93%; b) por concepto de crecimiento, 1,25% y c) por concepto de correctivo de inflación: -0,83% (102,93 x 1.0125 x 0.9917 = 103,35).
Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.