Ajustes enero 2008
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 16 de enero de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, técnicos, especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 18 "Sanitarias", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Lorena Acevedo y Alejandro Machado; Delegado Empresarial: Dr. Alvaro Nodale en representación de ANMYPE y Delegado de los Trabajadores: Sr. Eduardo Sosa en representación de Fueci.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 29 de noviembre del año 2007, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 10 de enero de 2008.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula cuarta del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2008 para los todos los salarios del sector será de 4.96% resultante de la acumulación de:
- 3.24% por concepto de inflación esperada considerando el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el BCU y publicadas en su página web.
- 1.7% por concepto de crecimiento
- –0.03% por concepto de correctivo 1.0283/1.0286 = 0.9997
Por tanto, 1.0324 x 1.0170 x 0.9997 = 1.0496 = 4.96%
Como resultado de la fórmula antes señalada los salarios mínimos a partir del 1/01/08 serán:
OPERATIVAS
Peón $ 23.70 x hr
Limpiador B $ 25.96 x hr
Limpiador A $ 27.65 x hr
Medio Oficial $ 29.35 x hr
Oficial $ 32.73 x hr
ADMINISTRATIVOS
Auxiliar $ 4.467
Encargado Administrativo $ 6.113
Cobrador $ 4.819
TERCERO: La compensación por servicio de urgencia a partir del 1º de enero de 2008 será de $ 35.55 por cada día de tenencia del beeper, celular, handy o similares de comunicación.
CUARTO: A partir del 1º de enero de 2008 la prima por antigüedad será de $ 150 por mes.
Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.