Ajustes enero 2010

 

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 27 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 21 "Administración de Centros Comerciales, Industriales y de Servicios" capítulo 2 "Empresas explotadoras y/o administradoras de zonas francas comerciales, industriales y de servicios", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres Beatriz Cozzano, Alejandro Machado y Lorena Acevedo; los Delegados Empresariales: Sr. Julio César Guevara y Cr. Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y el Delegado de los Trabajadores: Sr. Sergio Bustamante en representación de FUECI.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 19 de noviembre del año 2008, homologado por Decreto 714/08 de 22 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula sexta del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010 para todos los salarios será del 5,90%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

  1. 5 % por concepto de promedio entre la meta mínima y máxima de inflación proyectada que fijó el Banco Central (centro de la banda) para el período enero-diciembre 2010.---

  2. 0,86% por concepto de correctivo de inflación.

Por tanto 1,05 x1,0086 =1,0590 5,90%.

A continuación se detallan los salarios mínimos con vigencia desde el 1º de enero de 2010.

Franja I: Auxiliar

Categoría

Cargos que integran la categoría

Remuneración nominal mínima

 

Auxiliar ( I a)

Peón o auxiliar de mantenimiento

Auxiliar o asistente de limpieza

Vigilante o cuidador

Cadete o asistente de cadetería

Operario de depósito

 

 

$ 8.916

Auxiliar (I b)

Chofer categoría II

Recepcionista y/o telefonista

Auxiliar administrativo

 

$ 9.509

Franja II: Medio oficial

Categoría

Cargos que integran la categoría

Remuneración nominal mínima

 

 

 

 

Medio Oficial (II)

Medio oficial de mantenimiento

Portero

Operador de circuito cerrado de TV

Operador de call center

Asistente de atención al cliente

Chofer Categoría I

Medio oficial de Limpieza

Soporte a usuarios

Programador

Medio oficial administrativo

 

 

 

$ 11.886

Franja III: Oficial

Categoría

Cargos que integran la categoría

Remuneración nominal mínima

 

 

Oficial (III)

Oficial de mantenimiento

Oficial de eléctrica/ aire acondicionado

Oficial de mecánica

Analista de sistemas

Oficial administrativo

 

 

$ 16.047

 

Franja IV: Supervisor/encargado

Categoría

Cargos que integran la categoría

Remuneración nominal mínima

 

 

Supervisor/

Encargado (IV)

Encargado de mantenimiento

Encargado de eléctrica/ aire acondicionado

Encargado de mecánica

Encargado de depósito

Supervisor de limpieza

Supervisor de seguridad

 

 

$ 19.019

 

Franja V: Jefe

Categoría

Cargos que integran la categoría

Remuneración nominal mínima

 

 

 

 

jefe (V)

Jefe de sector RRHH

Jefe de sector Tesorería

Jefe de sector Planificación y Finanzas

Jefe de sector Contabilidad/ Auditoria Interna

Jefe de atención al Cliente

Jefe de Mantenimiento

Jefe de Limpieza

Jefe de Seguridad

Jefe de sector Tecnológico

 

 

 

$ 23.179

Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

 

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