Ajustes julio 2007

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 12 de Julio de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios Profesionales, técnicos especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N°08  "Empresas de Seguridad y Vigilancia" capítulo "Seguridad Física", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo:  Dres. Beatriz Cozzano, Lorena Acevedo y Alejandro Machado; los Delegados Empresariales: Sr. Julio César Guevara y Cr Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y de la Cámara Uruguaya de Empresas de Seguridad y el Delegado de los Trabajadores: Sr. Eduardo Sosa en representación de FUECI y del Sindicato Unico de Empleados de la Seguridad Privada del Uruguay afiliado a FUECI. HACEN CONSTAR QUE: PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo vigente suscrito el día  20 de setiembre del año 2006, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 381/2006. SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio colectivo, se fijan los valores mínimos por franja a regir a partir del 1º de julio de 2007: Vigilante                                  $ 20,00/hr.Vigilante Auxiliar                      $ 20,70/ hrChofer                                     $ 21,16/hrEncargado de Turno                 $ 21,63/hrAdministrativo                          $ 4.140 mensual Se deja constancia que los salarios mínimos que anteceden y en función a los valores asegurados por la disposición citada en este punto, reciben un ajuste del 9,59%.TERCERO: Sin perjuicio de los salarios mínimos establecidos en la presente y de acuerdo a lo establecido en la cláusula novena del referido convenio, ningún trabajador del sector podrá recibir un aumento inferior al 6,76% sobre sus remuneraciones vigentes al 30 de junio de 2007( inflación proyectada 2,86%, crecimiento 1,25%, correctivo de inflación 2,51%), es decir 1.0286*1.0125* 1.0251= 1.0676.= 6,76%.CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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