Ajustes julio 2007
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 12 de Julio de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios Profesionales, técnicos especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 14 "Alquiler y distribución de películas videos y similares" Capitulo "Alquiler y Distribución de películas cinematográficas", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano, Lorena Acevedo y Alejandro Machado; los Delegados Empresariales: Sr. Julio César Guevara y Cr Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y por el Centro Cinematográfico del Uruguay y Delegados de los Trabajadores: Sres. Alejandro Moya y Alejandro Fernandez en representación de UECU.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 5 de octubre del año 2006, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 449/006.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2007 para los salarios mínimos por categoría será del 4.92 % resultante de la acumulación de los siguientes conceptos: a) por concepto de inflación esperada 2,86% y b) por concepto de crecimiento 2%; (1.0286 x 1.02= 104,92).
TERCERO: Por aplicación del mencionado porcentaje los salarios mínimos nominales que regirán a partir del 1º de julio de 2007 para el subgrupo serán los siguientes:
PERSONAL DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
Gerente Adm. Con participación Mensual $ 22.514
Gerente Adm. Sin participación " $ 47.332
Gerente Comercial " $ 24.475
Secretario de Gerencia " $ 11.136
Contador titulado " $ 20.060
Contador idóneo " $ 17.622
Auxiliar 1º de Contaduría " $ 13.324
Auxiliar 2º de Contaduría " $ 9.487
Auxiliar 3º de Contaduría " $ 7861
Programista " $ 13.705
Auxiliar programista " $ 10.174
Dibujante " $ 11.957
Jefe de Taller " $ 10.777
Encargado de exp. Taller " $ 9283
Encargado de propag Taller " $ 9699
Jefe de Controles " $ 10.415
Control noche Jornal $ 197
Control tarde y noche " $ 319
Control cont 2 turnos Jornal por turno $ 143
Control cont 3 turnos " $ 99
Cadete hasta 18 años (6 hs. Diarias) mensual $ 4500
Cadete " $ 5999
Limpiadora 8 horas " $ 3988
Limpiadora 5 ½ horas " $ 3251
Locutor 12 hs semanales " $ 2784
PERSONAL DE TALLER
Revisor mensual $ 7697
Peón de taller " $ 6274
PERSONAL DE SERVICIO
Sereno " $ 8430
Peón de limpieza " $ 6429
CUARTO: Aquellos trabajadores que perciban más de los mínimos establecidos recibirán al 1ero de julio de 2007 igual porcentaje de ajuste es decir 4,92%.sobre su remuneración al 30 de junio de 2007.
Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.