Ajustes julio 2009

 

ACTA: En Montevideo, el 6 de julio de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 20 "Cementerios Privados", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres Beatriz Cozzano, Lorena Acevedo, Alejandro Machado y Marianela Boliolo ; los Delegados Empresariales: Sr. Julio César Guevara y Cr. Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y los Delegados de los Trabajadores: Sres. Eduardo Sosa y Sergio Bustamante en representación de FUECI.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 12 de noviembre del año 2008, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 18 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula séptima del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2009 para los salarios mínimos será del 6%, en tanto que los salarios superiores a los mínimos de cada categoría ajustaran 3,5%.

A continuación se detallan los salarios mínimos con vigencia desde el 1º de julio de 2009:

Franja 1- Peón; Portero; Limpiador: $ 6.734

Franja 2- Vendedor*; Sereno; Inhumador – Exhumador – Jardinero $ 7.408

Franja 3- Chofer, Auxiliar administrativo; Oficial mecánico $ 8.149

Franja 4- Capataz $ 8.963

Franja 5- Intendente $ 9.860

Vendedor* - Cuando el salario de éste trabajador se integre total o parcialmente por comisiones, el mínimo asegurado entre partidas fijas y variables será de $ 6.173.- El mínimo establecido en la franja 2 corresponde exclusivamente a vendedores contratados por un monto fijo, sin comisiones.

TERCERO: Compensación especial por reducción. A partir del 1º de julio de 2009 la misma será de $ 548.

Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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