Ajustes Julio 2010

 

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 15 de julio de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 10 "Estaciones de Servicio, Gomerías y Estacionamientos" Capítulo "Gomerías", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres Beatriz Cozzano, y Lorena Acevedo; el Delegado Empresarial: Dr. Álvaro Nodale en representación de ANMYPE y los Delegados de los Trabajadores: Sra Alba Colombo, Raúl Villalba y Héctor Recalde en representación de la UNTMRA.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 4 de noviembre del año 2008, homologado por Decreto 718/08 de fecha 22 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula octava del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2010 para todos los salarios será del 6%.

A continuación se detallan los salarios mínimos con vigencia desde el 1º de julio de 2010:

Oficial Montevideo $ 7.887 mensual

$ 39.43 por hora

Interior $ 6.937 mensual

$ 34,67 por hora

Medio Oficial Montevideo $ 7.173 mensual

$ 35,87 por hora

Interior $ 6.308 mensual

$ 31,53 por hora

Ayudante Montevideo $ 6.519 mensual

$ 32,58 por hora

Interior $ 5.731 mensual

$ 28.65 por hora

Administrativo Montevideo $ 7.173 mensual

Interior $ 6.308 mensual

Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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