Ajustes Julio 2010
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 15 de julio de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 10 "Estaciones de Servicio, Gomerías y Estacionamientos" Capítulo "Gomerías", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres Beatriz Cozzano, y Lorena Acevedo; el Delegado Empresarial: Dr. Álvaro Nodale en representación de ANMYPE y los Delegados de los Trabajadores: Sra Alba Colombo, Raúl Villalba y Héctor Recalde en representación de la UNTMRA.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 4 de noviembre del año 2008, homologado por Decreto 718/08 de fecha 22 de diciembre de 2008.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula octava del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2010 para todos los salarios será del 6%.
A continuación se detallan los salarios mínimos con vigencia desde el 1º de julio de 2010:
Oficial Montevideo $ 7.887 mensual
$ 39.43 por hora
Interior $ 6.937 mensual
$ 34,67 por hora
Medio Oficial Montevideo $ 7.173 mensual
$ 35,87 por hora
Interior $ 6.308 mensual
$ 31,53 por hora
Ayudante Montevideo $ 6.519 mensual
$ 32,58 por hora
Interior $ 5.731 mensual
$ 28.65 por hora
Administrativo Montevideo $ 7.173 mensual
Interior $ 6.308 mensual
Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.